Pacto de socios: el manual de paz para las startups
El pacto de socios es una especie de ‘manual de instrucciones’ con el que se persigue evitar que intereses personales se antepongan al proyecto funcionando, principalmente, como elemento disuasorio

Han sido sobre todo las startups y otras empresas tecnológicas de nueva creación las organizaciones que han popularizado el pacto de socios.
Al escalar muchas de ellas rápidamente y dar entrada al capital riesgo o rondas de inversión, más allá de lo establecido en los estatutos sociales, encuentran en este contrato una fórmula más ágil para aportar cierta seguridad jurídica a la compañía a la vez que protegen el control de la misma frente a inversores y posibles veleidades de los socios.
“Es un acuerdo que firman los socios de una compañía, en este caso concreto las startups, con el fin de mantener la paz social y la convivencia entre los socios durante el desarrollo de todo el proyecto así como su relación con la compañía”.
La definición corresponde a Borja Teruel Lluch, abogado mercantilista especializado en startups y empleado en Marina de Empresas, el gran ecosistema de emprendimiento en Valencia que impulsa el presidente de Mercadona, Juan Roig.
En una entrevista realizada a Teruel Lluch se basan la mayor parte de las explicaciones que se recogen en este artículo sobre cómo hacer un pacto de socios que funcione.
¿Cuándo y cómo crearlo?
El pacto de socios es un acto voluntario que consiste en un contrato privado entre los fundadores de una startup. Tanto puede elevarse a público como quedarse en un documento particular sin que ello altere la validez legal. Lo que aporta ir a la notaría es dar un poco más de formalismo y ejecución al pacto en caso de conflicto o controversia.
Aunque el pacto de socios puede suscribirse en cualquier fase de la compañía, la recomendación es redactarlo y firmarlo desde el momento en el que deja de haber un único socio. Si esta circunstancia se da desde la constitución de la empresa, mejor hacerlo en esa misma etapa que después.
Su finalidad es más preventiva y disuasoria, pero no por ello hay que tomárselo a la ligera porque, además de tener consecuencias, agiliza la capacidad de respuesta de la empresa ante la aparición de posibles desencuentros entre los socios o la gestión de situaciones imprevistas. Algo que siempre puede pasar.
Cuando las cosas van bien
Crucial es también firmar el pacto de socios “cuando las cosas van bien, cuando hay una visión más optimista de la compañía y de proyecto compartido”.
Esto permite establecer las reglas del juego desde la calma y la generosidad, factores que tienden a desaparecer en situaciones de tensión. Redactar el pacto de socios cuando ya ha surgido el problema, puede complicar las negociaciones hasta llegar a bloquearlas anteponiendo miedos e intereses personales al devenir del proyecto.
Verdad que establecer unas reglas frías y objetivas desde el principio puede representar una conversación incómoda cuando existe un vínculo emocional entre los fundadores, bien sean antiguos compañeros de trabajo, amigos de toda la vida o pareja.
Es preferible que esta ligazón no exista pero, de ser así, mayor motivo, a juicio de Teruel Lluch, para no demorar esta conversación, bajarlo todo a tierra y fijar, desde la confianza, las reglas que van a impedir lastrar el crecimiento y la agilidad de la startup.

Las cláusulas mínimas
Como práctica disuasoria, un pacto de socios no requiere en su redacción formalidades estrictas ni una extensión determinada. Como se ha dicho ya, basta con estar firmado con el consentimiento válido de todas las partes involucradas para convertirse en un documento legal y vinculante.
Aclarar también que un pacto de socios no es un documento inamovible. Entiende el abogado que ha de adaptarse a cambios reales en la compañía, aunque no es partidario de someterlo a revisiones y modificaciones constantes.
Además de tedioso, se corre el riesgo de distraer la atención de la gestión y el crecimiento de la empresa. Su recomendación es hacer un ejercicio de reflexión previo para elegir los términos adecuados y recoger las cláusulas que cubran todas las casuísticas posibles.
“Lo que hay que recoger muy bien son todos los supuestos posibles para que todos tengan claras las consecuencias, de forma que nadie pueda imponer su interés personal por encima de lo que es el interés de todos los socios ni del proyecto”.
En cuanto a las cláusulas esenciales que un pacto de socios debe contemplar desde su etapa inicial, estas son las que identifica:
Roles de los socios
Es vital desde el primer momento asignar a uno de los socios capacidad para tomar las decisiones del día a día. Esto evita tener que consensuar cada acción en beneficio de la agilidad del proyecto.
“Aunque todos los fundadores tengan la misma participación en la compañía, conviene que uno tome un rol más activo para que, con la confianza de los socios, pueda, por ejemplo, firmar un contrato con un proveedor, contratar a alguien o pedir un préstamo al banco”.
Permanencia y exclusividad
En este punto se establece el compromiso de tiempo mínimo de los fundadores con el proyecto así como la dedicación que van a dar al mismo en su actividad diaria, normalmente de exclusividad al 100%.
Esto es importante a la hora de atraer capital porque la apuesta principal de los inversores en una fase incipiente es por un equipo fundador, de aquí que, en caso de incumplimiento, se acuerden ciertas penalizaciones.
Cuando uno de los socios se va antes de tiempo, entramos en el terreno de lo que se conoce como leaver provisions. Son las cláusulas que regulan cómo y bajo qué condiciones económicas un socio puede o debe vender sus acciones si abandona la empresa, dependiendo de los motivos de su salida.
Si la salida está justificada (Good Leaver) como puede ocurrir en caso de enfermedad o incapacidad, las consecuencias son menos gravosas que cuando la salida es voluntaria o procedente por motivos disciplinarios (Bad Leaver) en cuyo caso puede aplicarse desde la pérdida obligatoria de sus acciones no consolidadas hasta tener que venderlas a un precio muy inferior al de mercado.
La propiedad intelectual
Otra clave importante es especificar que toda la propiedad intelectual desarrollada tanto por los fundadores como por trabajadores durante la vigencia de la sociedad pertenece a la empresa.
Ningún inversor se va a arriesgar a entrar en una tecnológica si la titularidad de sus activos intangibles no están blindados teniendo en cuenta que son el mayor valor de la empresa. Entran aquí software, patentes, marcas o know-how.
Retribución
Puede parecer frívolo, pero el sueldo de los fundadores es otro de los puntos que suele reflejar el pacto de socios. Se trata de definir un máximo de retribución y los mecanismos o umbrales para aprobar aumentos, buscando el equilibrio entre la tranquilidad financiera del emprendedor y la realidad presupuestaria de la startup.

El salto al socio inversor
La entrada de un socio inversor en una startup marca un punto de inflexión. El pacto se profesionaliza y se vuelve más riguroso. Ahora, ya no se trata solo de garantizar la convivencia pacífica entre los fundadores, sino también de su relación con una empresa que cada vez es menos suya y en la que cada vez hay más voces autorizadas.
A juicio de Teruel Lluch, si el pacto original está bien hecho, lo lógico es que el inversor entrante lo suscriba tal cual, pero no es lo habitual. Lo normal es que implique cambios significativos en la dinámica y estructura del acuerdo con la introducción de cláusulas nuevas.
Ahora lo que se busca es el equilibrio entre los intereses de los fundadores y los de los inversores, sin asfixiar a los primeros ni desencantar a los segundos, pero no viéndose como enemigos sino alineados todos con la misma misión: hacer crecer y consolidar una empresa.
Al menos eso es lo deseable, aunque lograr el casamiento no siempre sea sencillo. La negociación ahora se torna más compleja y exige ya de ciertos conocimientos técnicos, motivo por el que Teruel recomienda en este punto recurrir a los servicios de un abogado especializado.
En cualquier caso, existen algunas cláusulas básicas con las que, aunque sea sin entrar en detalle, conviene familiarizarse. Estas son las que refiere Teruel Lluch:
El cap table
También llamada tabla de capitalización, es un documento que detalla la estructura de propiedad de una startup. Muestra exactamente quiénes son los dueños de la empresa (fundadores, inversores, empleados), cuántas acciones o participaciones posee cada uno, el porcentaje de control que representan y el valor de las mismas.
Aunque entre un inversor, el socio fundador debería mantener un porcentaje relevante que le permita seguir tomando decisiones y mantener el liderazgo, evitando una dilución excesiva que le haga perder el control de la compañía.
Derecho de veto
Algunos inversores exigen capacidad para vetar decisiones del día a día y garantizar así la rentabilidad de su inversión. Es crucial evaluar si estas limitaciones bloquean la agilidad del fundador como líder del proyecto, sobre todo en las etapas más incipientes.
Liquidación preferente
Consiste en una estrategia de salida que los inversores suelen establecer al entrar en un proyecto, pensando en cómo recuperarán su capital. Determina cómo se reparte el dinero cuando se vende la empresa o se liquida.
Entre sus características principales están la de fijar la prioridad de cobro, de manera que si la empresa se vende por un valor inferior al actual, los inversores tienen derecho a cobrar antes que los emprendedores.
Teruel Lluch sugiere negociar cuidadosamente la cláusula y procurar que sea proporcionada y razonable a la etapa de la empresa.
Cláusula antidilución
Muchos inversores piden también desde el principio la incorporación de esta cláusula como mecanismo financiero que protege el valor de su inversión de cara a posibles rondas futuras.
Implica que si la startup hace una ronda de inversión más adelante a una valoración inferior a la que entró el primer inversión (down round), el inversor tendrá derecho a que se le compense total o parcialmente con participaciones el efecto que la ronda tenga en su porcentaje.
Esto podría desincentivar a futuros inversores además de penalizar a los fundadores cuyo poder de decisión disminuye y crea bloqueos estratégicos. En caso de exigirse, esta cláusula debe negociarse con visión a largo plazo.
Cláusulas de arrastre (Drag-along)
También en la inclusión de ésta se recomienda cautela y consenso entre las partes. Las cláusulas de arrastre permiten a los accionistas mayoritarios (o inversores) obligar a los socios minoritarios a vender sus acciones cuando reciben una oferta de compra por el 100% de la empresa.
Lo ideal es alcanzar un acuerdo que concilie los intereses de todas las partes de manera que no se pueda forzar una venta por una valoración que no satisfaga a todos.
Derecho de información y auditoría
Este derecho permite a los inversores o socios minoritarios acceder a información financiera, operativa y estratégica detallada de la startup así como la de y encargar revisiones independientes (due diligence) para supervisar la gestión de la empresa. Exigen de esta forma los inversores transparencia sobre el estado del proyecto en un momento determinado.
Lo normal es incluir cláusulas que obliguen a reportar métricas mensualmente, estados financieros trimestralmente y cuentas anuales, además de la posibilidad de exigir auditorías externas si se superan ciertos umbrales de facturación o pedir las cuentas auditadas cada año.
La no competencia
Se basa en un acuerdo por el que los fundadores se comprometen a no desarrollar actividades que compitan con el negocio de la startup, aunque haya salido de ella.
Puede restringir también durante un tiempo su derecho a trabajar en empresas de la competencia o crear un negocio paralelo durante su etapa en la empresa. Esto, señala Teruel, de alguna forma se tiene que indemnizar, bien repercutiéndolo en el sueldo o de otra manera.
La no captación
En línea con la anterior, esta cláusula prohíbe al socio saliente atraer o contratar a empleados, clientes o proveedores de la empresa original durante un tiempo determinado.

No hay un estándar
Aunque aquí se haya tratado de dar una visión general de lo que significa hacer un pacto de socios, para qué sirve y algunos de los puntos principales que conviene recoger, lo cierto es que no existe un pacto universal que pueda trasladarse a cualquier organización.
Antes al contrario, cada acuerdo debe personalizarse y adaptarse a la medida de cada empresa, el número de socios, los roles de cada persona y la fase del negocio.
Como subraya el abogado de Marina de Empresas “es importante tener en cuenta que todas las cláusulas deben ir a su debido tiempo” dependiendo, en gran medida, del volumen que va adquiriendo la compañía y las rondas a las que asiste.
Acusa también la práctica, cada vez más habitual entre los emprendedores, de acudir a la inteligencia artificial para redactar el pacto de socios.
Valga la herramienta para documentarse o como fuente de inspiración, pero sin olvidar que nadie, ni máquina ni humano, conoce la empresa como su fundador.
En caso de dudas, mejor acudir a un abogado especializado que nos asesore y explique las implicaciones de cada cláusula. Vale que en etapas incipientes, el coste de este servicio puede parecer elevado, pero piensa que un buen pacto te puede librar a largo plazo de conflictos cuya resolución sería mucho más cara que los honorarios iniciales del abogado.
El cualquier caso, recuerda siempre la máxima de que “el mejor pacto de socios posible es el que se permanece guardado en el cajón”. Ello será señal robustez, previsión y armonía.
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Para evitar los riesgos de dilución, lo más importante es hacer un buen pacto de socios y negocia bien las cláusulas del contrato.
