Riesgo térmico: por qué aumentan las sanciones a las empresas durante las olas de calor
Charlamos con dos expertos en derecho laboral sobre las obligaciones que impone la normativa, los errores más habituales y por qué Inspección de Trabajo ha intensificado el control sobre este riesgo

Con los años, las olas de calor han pasado de ser algo anecdótico a un problema del día a día durante los meses estivales. No todo el mundo puede pasar estos fenómenos climáticos en piscinas o parques, por lo que estas altas temperaturas se han vuelto un reto para la PRL (prevención de riesgos laborales). El riesgo térmico obliga a evaluar las condiciones de un puesto, adaptar el trabajo, proteger a los empleados y así evitar las sanciones.
Al haber más olas de calor, el número de sanciones también ha aumentado. Desde Emprendedores, charlamos con dos expertos juristas acerca de esta nueva problemática y sus aristas más candentes.
El aumento de las sanciones por el riesgo térmico
El aumento de las sanciones no responde necesariamente al incumplimiento de la normativa, sino a una combinación de factores. Por un lado, los episodios de calor extremo son cada vez más frecuentes, lo que endurece la legislación a la hora de proteger a los trabajadores. Por el otro, Inspección de Trabajo dispone de herramientas cada vez más precisas que permiten detectar incumplimientos con mayor facilidad.
Ricardo Fortún, socio del área Laboral de Selier Abogados, confirma esto último. Según Fortún, Inspección de Trabajo ha pasado de actuar tras una denuncia a desarrollar una fiscalización más agresiva. Este cambio es posible gracias al uso de Big Data y algoritmos que permiten cruzar datos.
“Detrás de este aumento de sanciones no hay una peor praxis empresarial, sino una Inspección de Trabajo hiperconectada que cruza datos de forma masiva mediante Big Data y algoritmos, por lo que ahora se detecta lo que antes era invisible. Aunque también es cierto que hay una mayor concienciación social en lo concerniente a los derechos laborales, antes se actuaba por denuncia previa y hoy la fiscalización es proactiva y automatizada”.
Por su parte, Javier Reyes, socio director de Bécquer Abogados, añade que el aumento en el número de sanciones también está ligado a una mayor exigencia normativa y sensibilidad social hacia los riesgos derivados de las altas temperaturas.
Tres obligaciones clave
Luchar contra el riesgo térmico va mucho más allá de facilitar agua o protección solar a los trabajadores. Ambos expertos coinciden en que la prevención debe planificarse con antelación y adaptarse a las características del trabajo. Reyes resume esta idea con claridad:
“La prevención no consiste únicamente en reaccionar cuando aparece un problema, sino en anticiparse a él”.
En esta línea, Fortún destaca tres pilares fundamentales a la hora de proteger a los empleados y protegerse de las sanciones:
- Realizar una evaluación de riesgos específica.
- Ajustar turnos, ritmos de trabajo y descansos.
- Formar de manera continua a los trabajadores.
Además, el abogado advierte sobre los errores más habituales en estas fechas, como tratar el calor como un “fenómeno habitual” del verano, o no modificar la jornada de trabajo en base a las alertas meteorológicas.
Los dos juristas también dejan claro una cosa: el límite entre la sensación de calor y el riesgo laboral no depende de una percepción subjetiva, sino de una evaluación técnica. Inspección de trabajo tiene unos límites muy claros y técnicos, por lo que la empresa debe apoyarse en estas mismas directrices y no dejar las cosas a la subjetividad de cada uno.
El riesgo está más cerca de lo que parece
Existe la creencia de que estas obligaciones solo afectan a actividades al aire libre. Ambos expertos coinciden en que es una fantasía. La normativa en materia de PRL obliga a todas las empresas a proteger a sus trabajadores cuando exista un riesgo térmico, independientemente del sector. Para los juristas, la clave no está en el tipo de empresa, sino en el riesgo real para la salud de los trabajadores en su puesto.
De hecho, la mayoría de “sorpresas” en formato multa suelen ser para pequeñas empresas que no lo ven venir, así lo explica Fortún:
“Es un mito absoluto. El deber de protección es universal para todos los trabajadores (…) y se exige adoptar medidas en cualquier actividad con riesgo térmico, sea interior o exterior. Suelen llevarse la sorpresa negocios de hostelería por sus cocinas, panaderías, lavanderías, naves industriales y empresas de reparto”.
Aunque muchas personas disfrutan de vacaciones, playas y aire acondicionado, otras continúan trabajando en condiciones de calor cada vez más adversas. Protegerles frente al riesgo térmico no es solo una obligación legal, sino también una cuestión de salud laboral y, en definitiva, empresarial.
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