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Bonificaciones fiscales y ayudas para emprender en Baleares

Los beneficios fiscales para emprender en Baleares están íntimamente relacionados con el Régimen Fiscal de las Illes Balears

emprender en baleares


Antes de analizar las bonificaciones específicas que ofrece el gobierno autonómico para emprender en Baleares, conviene recordar las principales bonificaciones fiscales que existen a nivel nacional tal como te contamos en estos dos artículos:

Beneficios fiscales para pymes y startups en España.

Beneficios fiscales y ayudas para emprender como autónomo.

Son bonificaciones generalmente compatibles con las que ofrecen los gobiernos autonómicos y se refieren a los tributos que no están transferidos a las comunidades autónomas. 

Bonificaciones autonómicas

Los beneficios fiscales en Baleares están íntimamente relacionados con el Régimen Fiscal de las Illes Balears. Un régimen enfocado a incentivar que los beneficios de las empresas se reinviertan en los negocios para rebajar la factura fiscal.

Es, de hecho, “un marco aprobado por ley y desarrollado reglamentariamente con un objetivo claro: convertir impuestos en inversión productiva dentro del archipiélago”, explica Rafel Domingo, economista responsable del departamento Fiscal de Confialia.

Domingo remarca que este Régimen Fiscal no es una medida coyuntural, sino que tiene vocación de continuidad.

Se introdujo en el Estatuto de Autonomía y se puso en “práctica a través del Real Decreto 710/2024, de 23 de julio. Regula los requisitos, plazos, tipos de inversión admitidos, obligaciones formales y mecanismos de control de la Reserva para Inversiones en las Illes Balears”.

“Este doble anclaje —ley y reglamento— envía un mensaje claro al tejido empresarial: es una herramienta diseñada para acompañar decisiones de inversión a medio y largo plazo. Si bien es cierto que el 31 de diciembre de 2028 finaliza este nuevo régimen y que el legislador debe prorrogarlo o convertirlo en definitivo, todo parece indicar que la prórroga indefinida llegará”, añade Rafel Domingo.

“La filosofía del régimen es sencilla y profundamente empresarial. Si el beneficio no se reparte y se queda en la empresa para invertir en Baleares, el impuesto se reduce. Es un pacto claro: menos impuestos hoy a cambio de más inversión, más actividad económica y más compromiso con el territorio”.

“El eje del sistema es la Reserva para Inversiones en las Illes Balears. Esta reserva permite transformar parte de la carga fiscal en activos productivos”, añade Domingo. 

Esta reserva se puede aplicar rebajando el Impuesto de Sociedades y el IRPF.

Impuesto de Sociedades

“Las sociedades pueden reducir hasta el 90% del beneficio, en su estadio de resultado contable, no distribuido en el Impuesto sobre Sociedades y que sea resultado generado por actividad económica en las Islas Baleares”, explica Rafel Domingo. 

IRPF

“Los autónomos en estimación directa pueden aplicar una deducción de hasta el 80% de la parte de cuota vinculada a su actividad económica en Baleares”, comenta Domingo.

Para acceder a estos beneficios, “no es necesario que la sociedad tenga su domicilio social en las Islas Baleares. Si tiene centros de trabajo o delegaciones en la comunidad, puede aplicar esta ventaja fiscal con respecto al resultado contable que arrojen esos centros y/o delegaciones. Por otro lado, el incentivo no es ilimitado. Está sujeto al régimen europeo de ayudas mínimas. Además, el ahorro fiscal máximo no puede superar los 300.000 euros en un período de tres años”, añade.

“Este límite aporta algo clave para el empresario: seguridad jurídica y previsibilidad. Convierte, así, el REIB en una herramienta que se planifica por ciclos trienales, integrada en la estrategia financiera del negocio”.

Un ejemplo de su impacto real

“El impacto real, explicado en números es muy sencillo. Una empresa con actividad en Baleares y con unos beneficios antes de impuestos de 100.000 euros, tendría que pagar 25.000 euros en concepto de sociedades (25%), aplicando la Reserva para Inversiones en Baleares el beneficio destinado a la reserva serían 90.000 euros; la base imponible restante, 10.000 euros, pagaría por el Impuesto de Sociedades 2.500 euros (25%). El ahorro fiscal inmediato es de 22.500 euros que no se pagan en impuestos y se convierten en inversión en Baleares”.

“Este es el ahorro que podemos aumentar hasta 300.000 euros cada tres años. Así, el impuesto deja de ser un coste final y pasa a ser una palanca de crecimiento”, explica Rafel Domingo.

“No se premian decisiones financieras abstractas, sino empresa real: maquinaria, tecnología, activos intangibles, innovación, mejora medioambiental, creación directa de empleo o determinados proyectos inmobiliarios vinculados a la actividad productiva”, añade.

Una gran flexibilidad para invertir

Existe además una gran flexibilidad para invertir cuando el negocio lo necesita.

“El Régimen Fiscal Balear entiende cómo funciona la empresa en la práctica. Por eso permite dos enfoques complementarios: invertir de forma anticipada, considerando esa inversión como materialización válida de la reserva que se dotará con cargo a beneficios futuros. Y dotar la reserva y comprometer la inversión, ejecutándola en un plazo máximo de tres años desde la finalización del ejercicio en que se dota”, explica Domingo.

“Esta flexibilidad permite que el crecimiento no quede atrapado en calendarios fiscales rígidos”, añade.

“Como es lógico, cualquier beneficio fiscal implica asumir determinados compromisos. En este caso se exige invertir en actividad económica (entendida como tal desde el punto de vista fiscal) antes de que pasen 3 años desde el año del devengo del impuesto correspondiente, como ejemplo, en julio de 2026 se devenga el impuesto sobre sociedades de 2025, por lo tanto, tendremos hasta el 31 de diciembre de 2029 para invertir”.

“Además, los elementos en los que se ha invertido deberán permanecer en funcionamiento en la empresa adquirente durante cinco años como mínimo, sin ser objeto de transmisión, arrendamiento o cesión a terceros para su uso. En los casos en que se permite la inversión en suelo, el plazo será de 10 años”, añade Rafel Domingo.

Sucesiones y Donaciones

“En Baleares el impuesto de Sucesiones está bonificado al 100% y existe la Donación por definición propia del Derecho Foral Balear, que permite que los familiares directos puedan hacer donaciones entre ellos, sin coste fiscal para ninguna de la partes”, explica Rafel Domingo.

Impuesto sobre el Patrimonio 

“En Baleares existe una exención de 3.000.000 de euros en el Impuesto sobre el Patrimonio”, dice Rafel Domingo. 

Ayudas a la creación de empresas

“Existen también ayudas para autónomos como la tarifa cero. Son ayudas que dependen de convocatorias específicas aprobadas por Resolución de la Consellería competente en materia de Empresa, Trabajo y Autónomos, lo que las hace poco estables. Es decir, no están obligados a convocarlas”, explica Rafel Domingo. 

“Lo mismo sucede con las ayudas para la creación de empresas o para contratar empleados. Son subvenciones, no mejoras fiscales, por lo tanto, se pueden convocar o no”, añade.

El plazo para solicitar la tarifa cero va “del 10 de mayo al 10 de junio de 2026 (siempre que quede crédito disponible)”. 

El período subvencionable de cotizaciones es también temporal: desde 1 de marzo de 2024 hasta 30 de abril de 2026“.

La solicitud se realiza telemáticamente a través de la Sede Electrónica de la CAIB.

“En esta CCAA también existe la posibilidad de ampliar la bonificación de la cuota hasta un tercer año. En este caso la bonificación será del 50%, siempre y cuando también no se supere el SMI”, explican desde ATA.

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