Constituida tu empresa, alquilado tu local y contratados tus primeros trabajadores, empiezan el resto de contratos. La mayoría serán mercantiles, esto es, regidos por el Código de Comercio (o por la parte de contratos del Código Civil) y abiertos a la voluntad de las partes. Hay tantos como quieras, pero incluimos el de arrendamiento de servicios, el de suministro y el de distribución, además de algunas cláusulas que te guiarán, en general, para todo tipo de contratos. Palacios, de AJE, recomienda las siguientes