¿Qué supone el nuevo decreto de registro de la jornada laboral para tu empresa?
El último Consejo de Ministros ha acordado la tramitación urgente de la reforma del registro horario de la jornada laboral. ¿Sabes qué implica para tu empresa?

El veto a la tramitación de la reducción de la jornada laboral a 37,5 horas semanales supuso un importante varapalo para el Gobierno. Y muy especialmente para la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz.
La ministra ha defendido la necesidad de llevar a cabo esta medida contra viento y marea, chocando con la patronal, la oposición e incluso con algunos ministros del propio Gobierno, como contábamos en este artículo.
Sin embargo, Díaz no se rinde. Nada más conocer la derrota parlamentaria y la consecuente retirada del proyecto de ley para la reducción de la jornada laboral, ya anunció que pretendía plantear la tramitación urgente de un decreto para agilizar el control horario, con el fin de acabar con las horas extra no remuneradas.
Dicho y hecho, ya que la tramitación urgente de la reforma del registro horario de la jornada laboral ha sido acordada en el último Consejo de Ministros.
“Aprobamos la tramitación urgente del control horario. Las tres derechas tumbaron el proyecto de reducción de jornada y dijimos que no nos iban a frenar. Vamos a defender cada hora trabajada para que sea pagada y registrada. Cada minuto de vida tiene que volver a ser vuestro. Seguimos”, anunciaba la ministra en la red social Bluesky.
¿Qué implica el decreto de registro de jornada?
“El reciente anuncio del Gobierno sobre la aprobación del decreto que regulará el registro de jornada supone un nuevo hito en materia de organización del tiempo de trabajo. Se trata de un instrumento que, lejos de ser meramente formal, tendrá consecuencias directas tanto en el ámbito empresarial como en la gestión diaria de las relaciones laborales”, asegura Juan Medina López, asesor laboral y experto en gestión de conflictos laborales.
En cualquier caso, recuerda que el registro horario no es un tema nuevo en nuestro ordenamiento, sino que este decreto “pretende reforzar los mecanismos de control, homogeneizar criterios y dar respuesta a las dudas que en los últimos años han surgido tanto en la práctica empresarial como en los tribunales”.
Así pues, el experto recalca que las empresas han de prestar atención a varios aspectos esenciales.
1. Sistema de registro
“El decreto especificará los formatos y condiciones de validez. Ello obliga a revisar aplicaciones, soportes digitales y manuales, garantizando fiabilidad, inalterabilidad y trazabilidad de la información”, detalla.
2. Políticas internas
También impacta en las políticas internas de las organizaciones. “Más allá de la herramienta técnica, las empresas deberán adaptar sus políticas de organización del tiempo de trabajo, conciliación y control de presencia para asegurar coherencia con la normativa”, subraya.
3. Protección de datos
Medina López reseña que la utilización de sistemas digitales y biométricos implicará reforzar las garantías de confidencialidad y cumplir con el RGPD y la LOPDGDD.
En EMPRENDEDORES ya hemos hablado de los problemas que están teniendo en este ámbito algunas empresas, a las que se han impuesto importantes sanciones por pedir la huella dactilar a sus trabajadores para fichar.
4. Costes de implantación
“Aunque en algunos casos puedan ser moderados, la adaptación a sistemas homologados exigirá inversión, especialmente en pymes”, advierte.
Impacto en trabajadores y representantes legales
El asesor explica que las medidas introducidas en el nuevo decreto también impactan en los empleados y en los representantes legales sindicales.
“Los trabajadores tendrán un acceso más claro a la información sobre sus jornadas y descansos, lo que previsiblemente reducirá conflictos derivados de horas extraordinarias o descansos insuficientes. Al mismo tiempo, los representantes sindicales verán reforzado su papel de supervisión, con un acceso más inmediato a los registros”, aclara.
Nuevos retos para la empresa
Por otro lado, Medina López afirma que el principal desafío de la nueva normativa de control de la jornada laboral no reside en la obligación de registrar las horas de entrada y salida, algo que ya era conocido, sino en cómo se registrarán y cómo se interpretarán las incidencias.
En particular, se detiene en las dificultades que comporta este registro en el caso de jornadas con flexibilidad horaria o teletrabajo, en puestos de responsabilidad en los que la jornada no siempre coincide con el tiempo de conexión o en actividades con movilidad, donde el inicio y fin de la jornada no se produce en la sede de la empresa.
En cualquier caso, considera que “el decreto debe ser entendido como una oportunidad para dotar de transparencia a las relaciones laborales”. “Un registro claro y consensuado con los trabajadores reduce la litigiosidad y aporta seguridad jurídica a ambas partes”, concluye.
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