Bonificaciones fiscales y ayudas para emprender en Murcia
Murcia impulsa la inversión en nuevas empresas y apoya el emprendimiento con muchas ayudas directas para emprender

Antes de analizar las bonificaciones específicas que ofrece el gobierno autonómico para emprender en Murcia, conviene recordar las principales bonificaciones fiscales que existen a nivel nacional. Te lo contamos en estos dos artículos:
Beneficios fiscales para pymes y startups en España.
Beneficios fiscales y ayudas para emprender como autónomo.
Son bonificaciones generalmente compatibles con las que ofrecen los gobiernos autonómicos y se refieren a los tributos que no están transferidos a las comunidades autónomas.
Beneficios autonómicos
La Región de Murcia impulsa muy especialmente la inversión en empresas de nueva creación con incentivos fiscales. Además, apoya el emprendimiento con muchas ayudas directas para la creación de empresas.
IRPF
Inversión en empresas de nueva creación
“La inversión en empresas de nueva creación está bonificada con una deducción fiscal en IRPF del 20% de las cantidades invertidas. El límite máximo para disfrutar esta deducción es de 4.000 euros, al adquirir participaciones o acciones al constituir una sociedad o tras una ampliación de capital. Debe tratarse de sociedades anónimas, limitadas, laborales o cooperativas”, explica Marta Cascales Belando, responsable del Área Fiscal de SECTOR 3.
“Para beneficiarse de esta deducción, la inversión del contribuyente, junto con la del cónyuge y familiares hasta tercer grado no puede superar el 40% del capital o de los derechos de voto. Deben mantener sus participaciones durante al menos tres años“.
“En lo que se refiere a la empresa, esta debe tener domicilio y actividad económica en la Región de Murcia durante ese período. Además, debe contar desde el primer año con al menos un trabajador a jornada completa. Si la inversión se realiza mediante ampliación de capital, debe incrementar su plantilla en al menos dos personas en los 24 meses siguientes. El contribuyente puede formar parte del consejo de administración, pero sin desempeñar funciones ejecutivas ni laborales durante diez años”, añade Marta Cascales.
Inversión en entidades que cotizan en el segmento de empresas en expansión en el mercado alternativo bursátil
“Los inversores se pueden aplicar también una deducción fiscal en IRPF del 20% por las cantidades invertidas en el ejercicio en la adquisición de acciones como consecuencia de acuerdos de ampliación de capital suscritos por medio del segmento de empresas en expansión del mercado alternativo bursátil. El límite máximo es de 10.000 euros”, explica Marta Cascales.
“La participación del contribuyente en la sociedad no puede superar el 10 % de su capital. Además, las acciones adquiridas deben mantenerse al menos dos años“.
“La sociedad debe tener domicilio social y fiscal en la Región de Murcia y no dedicarse principalmente a la gestión de patrimonio mobiliario o inmobiliario. Estos requisitos deben cumplirse durante todo el período de mantenimiento de las acciones”, añade Cascales.
Para mujeres trabajadoras
“Las mujeres trabajadoras se pueden aplicar una deducción en IRPF de 300 euros por el primer hijo, 350 euros por el segundo y 400 euros por el tercero y siguientes. También 400 euros por cada persona dependiente a su cargo“.
“Esta deducción corresponde exclusivamente a mujeres que realicen una actividad por cuenta propia o ajena. Además, deben estar dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad”.
“Pueden generar derecho a la deducción tanto los hijos menores de 18 años como las personas dependientes a su cargo. La suma de la base imponible general y del ahorro no puede superar los 20.000 euros en tributación individual; 40.000 euros en tributación conjunta“.
“El importe de la deducción se calculará de forma proporcional al número de días trabajados durante el período impositivo”, apunta Marta Cascales.
Por inversión en entidades de economía social
“La inversión en entidades de economía social disfruta de una deducción en IRPF del 20% de las cantidades invertidas durante el periodo impositivo en aportaciones destinadas a adquirir la condición de socio en entidades de economía social, con un límite máximo de 4.000 euros“, dice Marta Cascales.
“Para aplicarla, la participación del contribuyente, junto con la de su cónyuge o familiares hasta el tercer grado, no puede superar el 40% del capital social o de los derechos de voto de la entidad”.
“Además, la entidad debe formar parte de la economía social conforme a la Ley 5/2011, tener domicilio social y fiscal en Murcia. Debe contar al menos con una persona trabajadora con contrato laboral a jornada completa dada de alta en la Seguridad Social durante un mínimo de cinco años”.
“La inversión debe formalizarse en escritura pública y las aportaciones deben mantenerse en el patrimonio del contribuyente durante al menos cinco años”, comenta Cascales.
Sucesiones y donaciones
Bonificación del 99% en la herencia de empresa individual, negocio profesional o participaciones en entidades
“La Región de Murcia establece una reducción del 99% en la base imponible del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones por la transmisión en herencia de una empresa individual, negocio profesional o participaciones en entidades. Esta reducción se puede disfrutar siempre que resulte aplicable la exención prevista en el artículo 4.8 de la Ley 19/1991 del Impuesto sobre el Patrimonio”.
“Pueden beneficiarse de ella los herederos o sucesores de hasta cuarto grado, conforme al artículo 20.2 de la Ley 29/1987 del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones”.
“Para su aplicación, la empresa o entidad debe tener domicilio fiscal y social en la Región de Murcia“.
“Además, la participación del causante debe ser al menos del 5% individual o del 20% junto con su cónyuge o familiares hasta el cuarto grado“.
“Los herederos deben mantener la inversión durante cinco años, aunque se permite la reinversión en otros activos empresariales de naturaleza y destino similares, siempre que no se reduzca de forma sustancial el valor de la empresa”.
“Asimismo, el domicilio fiscal y social de la empresa debe mantenerse en la Región de Murcia durante cinco años desde el fallecimiento”, explica Marta Cascales.
Reducción del 99% por la transmisión en vida de una empresa individual, negocio profesional o participaciones en entidades
“La Región de Murcia establece una reducción del 99% en la base imponible del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones cuando se dona en vida una empresa individual, un negocio profesional o participaciones en entidades. Se deben cumplir los requisitos para aplicar la exención prevista en el artículo 4.8 de la Ley del Impuesto sobre el Patrimonio”, dice Marta Cascales.
“Pueden beneficiarse de esta reducción los descendientes, cónyuges y ascendientes, así como colaterales de cuarto grado. Para aplicarla, la empresa o entidad debe tener su domicilio fiscal y social en la Región de Murcia”.
“Además, el donante debe tener 65 años o más o estar en situación de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez. Asimismo, su participación debe ser al menos del 5% de forma individual; del 20% conjuntamente con su cónyuge o familiares hasta cuarto grado. Si el donante sigue ejerciendo funciones de dirección tras la donación, no podrá conservar una participación igual o superior al 50 % del capital social”.
“El receptor de la empresa debe mantener lo adquirido y el derecho a la exención en el Impuesto sobre el Patrimonio durante cinco años. Durante ese mismo plazo, la empresa deberá mantener su domicilio fiscal y social en la Región de Murcia”.
Reducción del 99% por donaciones de dinero para crear o adquirir una empresa o para inversión en empresas de economía social
“La Región de Murcia establece una reducción del 99% en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones para donaciones dinerarias destinadas a la constitución o adquisición de una empresa individual o negocio profesional, o a la adquisición de acciones, participaciones o aportaciones al capital social en empresas de economía social. El requisito es que estas tengan domicilio social y fiscal en la Región de Murcia”, comenta Marta Cascales.
“Esta reducción se aplica cuando los donatarios sean descendientes, cónyuges y ascendientes, así como colaterales de cuarto grado. La base máxima de reducción es de 300.000 euros por el conjunto de donaciones; 450.000 euros si el donatario tiene una discapacidad igual o superior al 33%. Además, el patrimonio neto del donatario no puede superar los 500.000 euros en el momento de la formalización”, añade Marta Cascales.
“La donación debe realizarse en documento público indicando expresamente su destino. Además, la inversión o adquisición debe llevarse a cabo en un plazo máximo de seis meses”.
“Por otro lado, la entidad no puede tener como actividad principal la gestión de patrimonio mobiliario o inmobiliario. Si se adquiere una empresa individual o negocio profesional, su cifra de negocios del último ejercicio cerrado no puede superar los 3.000.000 euros o 1.000.000 euros, respectivamente. Finalmente, la inversión deberá mantenerse durante al menos tres años, permitiéndose la reinversión en activos de naturaleza y destino empresarial similares”, dice Cascales.
Deducción por conciliación para el cuidado de familiares
La Región de Murcia cuida la “conciliación para el cuidado de descendientes con una deducción en IRPF del 20 % sobre las cuotas pagadas a la Seguridad Social al contratar a una empleada de hogar para atender o cuidar a hijos menores”.
“Esta deducción tiene un límite máximo de 400 euros. Para disfrutarla, el contribuyente debe tener al menos un hijo menor de 12 años con derecho al mínimo por descendientes. También debe estar dado de alta como empleador en la Seguridad Social y cotizar por la persona contratada durante el período en que se aplica la deducción”.
“El titular del hogar familiar y, en su caso, su cónyuge o pareja de hecho, deben ser padres de hijos que formen parte de la unidad familiar. Además, de percibir rendimientos del trabajo o de actividades económicas y que la suma de las bases imponibles general y del ahorro de la unidad familiar no supere los 34.000 euros”, explica la responsable del Área Fiscal de SECTOR 3.
“Existe una deducción similar en IRPF por cuidado de ascendientes mayores de 65 años, que permite deducir el 20% de las cotizaciones pagadas por la contratación de una persona empleada de hogar. El límite máximo es también de 400 euros“.
“Para poder aplicarla, el contribuyente debe tener al menos un ascendiente mayor de 65 años con derecho al mínimo por ascendientes”.
“El resto de los requisitos son iguales que en el caso de descendientes: estar dado de alta como empleador en la Seguridad Social y cotizar por la persona contratada durante el período correspondiente, percibir rendimientos del trabajo o de actividades económicas y que la suma de sus bases imponibles general y del ahorro no supere los 34.000 euros”, añade Cascales.
Seguridad Social
Cuota Cero Ampliada
“El programa de subvenciones Cuota Cero Ampliada es una ayuda de la Región de Murcia para quienes inician o mantienen una actividad por cuenta propia a tiempo completo mediante el alta en el RETA y que puede alcanzar un total de 2.920 euros”.
“Consiste en una ayuda inicial de 1.000 euros para el establecimiento del negocio y una ampliación de hasta 1.920 euros adicionales para bonificar la cuota reducida de autónomos durante 24 meses (80 euros al mes en 2026)”.
“Pueden acceder a esta ayuda quienes desarrollen una actividad económica en la Región de Murcia, se den de alta en el RETA por primera vez o no hayan estado de alta en los últimos dos años y estén al corriente de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social”.
“El programa también contempla beneficios para reemprendimiento de mujeres autónomas tras nacimiento, adopción u otras situaciones similares. Se concede por orden de solicitud hasta agotar el crédito disponible y lo gestiona la Agencia Tributaria de la Región de Murcia”, dice Cascales.
El plazo de presentación de solicitudes es de 1 mes a partir de la fecha de alta en el RETA, explican desde ATA.
Subvenciones para el fomento del empleo autónomo
“Las subvenciones para el fomento del empleo autónomo son ayudas directas para facilitar que personas desempleadas se establezcan como trabajadores autónomos y desarrollen una actividad económica por cuenta propia a tiempo completo, con alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA)”.
“La cuantía de la ayuda varía según el colectivo: 6.000 euros para hombres menores de 30 años, de 45 a 54 años o de 30 a 44 años parados de larga duración”.
“Otros 8.000 euros para hombres con discapacidad, en riesgo de exclusión social, víctimas de terrorismo, perceptores del ingreso mínimo vital o renta mínima de inserción, parados de larga duración de 45 a 54 años o mayores de 55 años”.
“Hasta 7.000 euros para mujeres en general; y 9.000 euros para mujeres con discapacidad, en riesgo de exclusión social, víctimas de terrorismo, perceptoras del ingreso mínimo vital o renta mínima de inserción, paradas de larga duración de 45 a 54 años o mayores de 55 años”, dice la responsable del Área Fiscal de SECTOR 3.
“Para acceder a la subvención se exige una inversión mínima de 2.500 euros (sin IVA) en inmovilizado material o intangible, además de cumplir determinadas condiciones de pago”.
“Entre los requisitos principales se encuentran tener domicilio fiscal y desarrollar la actividad en la Región de Murcia. También , estar en situación de desempleo e inscrito como demandante de empleo el día anterior al alta en el RETA. No haber estado de alta en el RETA en los 12 meses anteriores (salvo excepciones). Y mantener la actividad y el alta como autónomo durante al menos dos años”.
“Estas ayudas están dirigidas especialmente a colectivos con mayores dificultades de acceso al empleo. Su tramitación corresponde a la Agencia Tributaria de la Región de Murcia”, continúa.
Ayudas a la inversión productiva
“Las Ayudas a la Inversión Productiva (Incentivos Regionales) consisten en subvenciones a fondo perdido destinadas a apoyar proyectos de inversión empresarial, calculadas como un porcentaje de los costes elegibles de la inversión“.
“La intensidad máxima de la ayuda es del 50% para pequeñas empresas, 40% para medianas empresas y 30% para grandes empresas“.
“Están dirigidas a sociedades mercantiles que desarrollen proyectos industriales u hoteleros, ya sea mediante la creación de nuevos establecimientos, ampliaciones de capacidad productiva con creación de empleo o proyectos de modernización que mantengan el empleo, siempre que no se trate únicamente de inversiones de reposición”.
“Se consideran gastos elegibles la obra civil, la adquisición de bienes de equipo nuevos (que deben representar al menos el 50% de la inversión), los estudios previos del proyecto y los activos inmateriales, quedando excluida la adquisición de terrenos”.
“Para acceder a la ayuda se exige una inversión mínima de 900.000 euros y que no se haya iniciado antes de solicitar la subvención. También, una autofinanciación mínima del 25% del proyecto. La tramitación corresponde al Instituto de Fomento de la Región de Murcia”, explica Cascales.
Ayudas INFO para la entrada de inversores privados en empresas innovadoras con alto potencial de crecimiento
“Las ayudas del Instituto de Fomento de la Región de Murcia (INFO) están dirigidas a la entrada de inversores privados en empresas innovadoras con alto potencial de crecimiento. Consisten en subvenciones a fondo perdido con una cuantía máxima de 180.800 euros por beneficiario en cada convocatoria. Pueden alcanzar hasta el 100% del gasto subvencionable, según la fase de inversión”, comenta Marta Cascales.
“En la fase de ideación (pre-semilla) se conceden 10.000 euros por los primeros 10.000 euros invertidos, más un 10% de las cantidades adicionales. En la fase temprana (semilla), 25.000 euros por los primeros 160.000 euros invertidos más un 7% adicional. Y en la fase de crecimiento (serie A), 73.300 euros por los primeros 850.000 euros invertidos más un 5% adicional“.
“Las aportaciones de los inversores privados pueden realizarse mediante capital, prima de emisión o notas convertibles“.
“Estas ayudas están dirigidas a pymes con forma societaria mercantil de cualquier sector (excepto producción primaria agrícola, pesquera o acuícola) que sean empresas innovadoras, con potencial tecnológico o escalable, que desarrollen su actividad en la Región de Murcia y estén alineadas con la Estrategia de Especialización Inteligente regional (RIS4)”.
“Entre los gastos elegibles se incluyen costes de personal del proyecto, colaboraciones externas como investigación o consultoría (hasta el 75% del proyecto), gastos de viajes y asistencia a eventos, inversiones en activos materiales e inmateriales y costes indirectos del 7%. Pueden financiar proyectos de innovación de producto o proceso, inversión productiva, digitalización empresarial, lanzamiento y posicionamiento de productos o servicios e internacionalización”, comenta Cascales.
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