Bonificaciones fiscales y ayudas para emprender en Castilla y León
Las bonificaciones para emprender en Castilla y León se centran en impulsar zonas con menor dinamismo y actividades en sectores clave

Antes de analizar las bonificaciones específicas que ofrece el gobierno autonómico para emprender en Castilla y León (CyL), conviene recordar las principales bonificaciones fiscales que existen a nivel nacional tal como te contamos en estos dos artículos:
Beneficios fiscales para pymes y startups en España.
Beneficios fiscales y ayudas para emprender como autónomo.
Son bonificaciones generalmente compatibles con las que ofrecen los gobiernos autonómicos y se refieren a los tributos que no están transferidos a las comunidades autónomas.
Beneficios autonómicos
En Castilla y León las bonificaciones están orientadas a fomentar el emprendimiento en zonas con menor dinamismo económico y sectores clave para la comunidad.
IRPF
“Deducción del 20% de las cantidades invertidas durante el ejercicio en la adquisición de acciones y participaciones. El importe máximo de deducción es de 10.000 euros, tanto en tributación individual como en conjunta”, explican Jorge Ruiz, y Miguel Cristeto de Mays Gestoría.
Para aplicar esta deducción, la inversión tiene que ir destinada a la adquisición de participaciones y acciones como consecuencia de constitución de sociedades o ampliación de capital en empresas con domicilio fiscal y social en Castilla y León.
Deben mantener la inversión durante un plazo mínimo de tres años. Además, no pueden tratarse de una participación inferior al 0,5% ni superior al 45% del capital social, entre otros requisitos formales.
Impuesto de Sucesiones y Donaciones en CYL
“Castilla y León ha optado por una política fiscal muy favorable para las transmisiones dentro de la familia. Actualmente se aplica una bonificación del 99% de la cuota para herencias y donaciones entre familiares directos: cónyuge, descendientes (hijos y nietos), ascendientes (padres y abuelos) y sus adoptados, lo que deja prácticamente exento el impuesto en estos casos”.
“Para el caso de las herencias en Castilla y León entre familiares directos, se aplica una reducción de 400.000 euros en la base imponible de cada heredero. Al importe que excede se aplica la bonificación del 99% antes mencionada”, apunta Ruiz.
“También existen beneficios fiscales para la continuidad de las empresas familiares. Estos incentivos buscan minimizar la carga fiscal en transmisiones patrimoniales dentro del núcleo familiar y favorecer el relevo generacional. Eso sí, siempre es importante tener en cuenta los requisitos formales para poder aplicar las bonificaciones”, añade.
Subvenciones y ayudas a la creación de empresas
“En la Junta de Castilla y León existen subvenciones que pueden cubrir parte de los gastos de constitución y de inversión para una empresa nueva. No siempre se estructuran como una ‘bonificación específica’ solo por constituir, sino que se pueden considerar como gastos subvencionables dentro de programas más amplios de apoyo a la creación de empresas o a proyectos de inversión empresarial”, explican desde Mays Gestoría.
Los gastos de constitución y consultoría, como notaría, registro o gestoría, pueden incluirse como gastos subvencionables. No obstante, suelen tener un límite específico dentro del proyecto. En algunas convocatorias no pueden superar aproximadamente el 10% del total de la inversión subvencionable.
Subvenciones para fomento del autoempleo
“Son subvenciones de un mínimo de 6.000 euros (8.000 para las mujeres) y hasta 7.500 euros (9.500 euros si eres mujer) para personas que se establezcan por cuenta propia y se hayan dado de alta en el RETA en el periodo subvencionable. Deben estar desempleados e inscrito en el Servicio Público de Empleo como demandante de empleo, no ocupado, el día de alta en el RETA o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente”, explican Jorge Ruiz y Miguel Cristeto.
“Estas ayudas se conceden a personas físicas, incluidas aquellas que formen parte de una entidad sin personalidad jurídica, menores de 30 años, mayores de 45 años, desempleados de larga duración, personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33% y personas en riesgo de exclusión social (beneficiarias de la Renta Garantizada de Ciudadanía o del Ingreso Mínimo Vital, así como las víctimas de terrorismo, personas inmigrantes, emigrantes castellanos y leoneses retornados del extranjero y personas refugiadas o que tengan reconocido el derecho de asilo)”, continúa.
Subvenciones destinadas al fomento del relevo en actividad por cuenta propia
“Es una subvención de 10.000 euros para autónomos que sucedan al titular de una actividad empresarial o profesional. Puedes ser por jubilación o por causa sobrevenida como invalidez total, absoluta, gran invalidez o fallecimiento”.
“Esta cuantía se podrá incrementar en determinadas circunstancia. Por ejemplo, en 4.000 euros, si el negocio está ubicado en un municipio de hasta 1.000 habitantes. O en 2.000 euros, si el negocio está ubicado en un municipio de 1.001 hasta 5.000 habitantes. Existe también un incremento de 4.000 euros si la persona beneficiaria es mujer. Y de 2.000 euros cuando se trate de un menor de 35 años. En total, la cuantía máxima no puede exceder de 20.000 euros”, explican desde Mays Gestoría.
“Para acceder a estas subvenciones, se debe cotizar como persona física en el Régimen Especial de Trabajadores por cuenta propia o Autónomos (RETA). También, estar de alta en el IAE, tener domicilio fiscal en Castilla y León y estar empadronado en un municipio de Castilla y León”, comenta Ruiz.
El plazo para solicitarla es del 15 de enero de 2026 hasta el 15 de octubre de 2026.
Subvenciones destinadas a fomentar la contratación indefinida: empleo estable
“Es una subvención de 7.500 euros por trabajador, destinada a trabajadores por cuenta propia (autónomos personas físicas), personas jurídicas, y entidades sin personalidad jurídica que contraten trabajadores dentro del periodo subvencionable establecido en la convocatoria”.
“La contratación deberá formalizarse con personas que en la fecha de inicio de esta se hallen desempleadas e inscritas como tales en el SEPE. Además, deben pertenecer a alguno de los siguientes colectivos: jóvenes menores de 30 años, personas desempleadas de larga duración, personas mayores de 45 años, mujeres, personas con discapacidad igual o superior al 33%, personas en riesgo de exclusión social, así como las víctimas de terrorismo, personas inmigrantes o personas refugiadas. También se incluyen quienes tengan reconocido el derecho de asilo y emigrantes castellanas y leonesas retornadas del extranjero, siempre y cuando el retorno se haya producido en el mes inmediatamente anterior a la fecha de la contratación”, explica Miguel Cristeto.
Tarifa Cero
En Castilla y León pueden disfrutar de la tarifa cero total los emprendedores que ya disfrutan de la tarifa plana nacional. También las trabajadoras autónomas que se vieron obligadas a suspender su actividad por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento o tutela, y la retoman dentro de los dos años inmediatamente siguientes a la fecha efectiva del cese”, según ATA.
También quienes pertenezcan a alguno de estos colectivos: emprendedores menores de 35 años; emprendedores con discapacidad igual o superior al 33%; emprendedores en riesgo o situación de exclusión social y emprendedores de Soria que iniciaran la actividad en 2023.
“En la última convocatoria (2025), actualmente cerrada, la tarifa plana se amplió 6 meses más, llegando hasta 30 meses subvencionables, para los autónomos que disfrutaban de la anterior tarifa plana”.
“El resto de colectivos tendrán derecho a una subvención de 18 meses de cuota cero que, en ningún caso, podrá ser superior a 3.000 euros. El plazo para solicitarla se encuentra cerrado actualmente”, explican desde ATA.
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