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¿A qué empresas afecta (y cómo) el nuevo Reglamento de envases?

Los sectores de alimentación y bebidas, hostelería, cosmética e higiene y comercio electrónico son los más afectados por el nueva Reglamento de envases

Envases de papel reciclado
Foto: iStock.

El pasado 12 de agosto entró en vigor el Reglamento (UE) 2025/40 sobre los envases y residuos de envases.

Es decir, ya es aplicable. Sin embargo, las obligaciones que fija este Reglamento de envases se irán aplicando de forma progresiva. Además, las más llamativas, como las referidas a prohibiciones de formatos o al contenido reciclado, no se exigirán hasta 2030.

“Eso ha hecho que muchas empresas pequeñas asuman que todavía no les afecta nada. Y sí les afecta”, advierte Fernando Vázquez, senior partner de ERA Group.

¿Qué exige ya el Reglamento de envases?

“Lo que ya es exigible hoy es sobre todo documental y químico”, explica Vázquez. Éstas son las principales obligaciones.

Inscripción en el Registro de Productores de Producto

Hay que estar inscrito en el Registro de Productores de Producto, con declaración anual antes del 31 de marzo. El número de registro debe figurar en facturas y documentos comerciales.

“No hay mínimo por volumen. Obliga igual a quien pone una tonelada de envase en el mercado que a quien pone 1.000”, aclara.

Certificado de adhesión a un sistema de gestión

Es preciso disponer de certificado de adhesión a un sistema de gestión y presentar la declaración anual antes del 31 de marzo.

Marcado de envases y declaración de conformidad

Vázquez señala que hay que marcar los envases, emitir una declaración de conformidad UE y conservar documentación técnica por cada tipo de envase”. También es preciso identificar al fabricante en el envase.

“Aquí hay un punto que a una empresa pequeña le puede ahorrar mucho trabajo y casi nadie conoce. Si eres microempresa y encargas tu envase con tu marca a un proveedor establecido en España, es ese proveedor quien tiene la condición de fabricante a efectos del reglamento. Y con ella, la carga de la declaración de conformidad. No te exime de pedírsela por escrito, pero cambia por completo quién hace el trabajo”, puntualiza.

Límites de PFAS

El experto de ERA Group especifica que “hay límites de PFAS en los envases en contacto con alimentos, que afectan de lleno a cajas de pizza, envases de comida para llevar y cartón tratado”.

Más obligaciones hasta 2030

Pero no hay que descuidarse, puesto que poco a poco irán llegando nuevas obligaciones. “En febrero de 2027, aceptar el recipiente propio del cliente en comida para llevar, sin exención para nadie. En febrero de 2028, ofrecer alternativa reutilizable, de la que quedan exentas las microempresas. Y en 2030, la reciclabilidad obligatoria, el contenido mínimo de material reciclado, el límite del 50% de espacio vacío y la prohibición de determinados formatos de un solo uso”, desgrana el representante de ERA Group.

De este modo, insiste en la importancia de ir adaptándose con anticipación. “El riesgo no está en el coste de cumplir, sino en el coste de cumplir tarde. La prisa es la partida más cara del cumplimiento normativo y es la única que no aparece en ningún presupuesto. Quien rediseñe su envase en 2027, dentro del ciclo natural de renovación, lo hará al coste de un proyecto. Quien lo haga en 2029, lo hará con un solo proveedor capaz, sin tiempo de validación y sin margen para negociar”, sentencia.

Tres bulos que hay que aclarar

Vázquez hace hincapié en que en las últimas semanas están circulando tres informaciones erróneas.

La primera se refiere al límite de espacio vacío en los envases. “Es del 50%, no del 40%. Y se aplica desde 2030, no desde 2026”, anota.

También se está generando confusión respecto a la prohibición de los formatos de un solo uso, como monodosis, vajilla para consumo en local y plástico para fruta y verdura de menos de 1,5 kg. Especifica que dicha prohibición llegará en 2030, no ahora.

Por último, reseña que el depósito de 10 céntimos por envase no arranca con el Reglamento europeo. “Procede de la norma española, tiene como fecha límite legal noviembre de 2026 y, a día de hoy, no hay ningún operador autorizado”, comenta.

Sectores más expuestos

El experto de ERA Group afirma que los sectores más afectados por el nuevo Reglamento de envases son aquellos que combinan tres factores: “el envase pesa mucho en el producto, los márgenes son estrechos y hay poca capacidad técnica interna”.

Así pues, considera que los más expuestos son los sectores de alimentación y bebidas, producto fresco envasado, hostelería —sobre todo comida para llevar y delivery—, cosmética e higiene y comercio electrónico.

No obstante, subraya que lo más determinante no es tanto el sector como el tamaño de la empresa. “El coste de cumplir es en buena parte fijo, no proporcional a la facturación. Elaborar la documentación técnica y la declaración de conformidad de un envase cuesta prácticamente lo mismo con 5 millones de euros de ventas que con 500 millones. Por eso, el esfuerzo relativo es mucho mayor en la empresa pequeña”, explica.

Al hilo de ello, resalta que “hay una buena noticia que apenas se ha contado”. “El Reglamento de envases sí reconoce esa asimetría y prevé exenciones concretas para las empresas más pequeñas, siempre que se cumpla la definición europea de microempresa —menos de 10 empleados y hasta 2 millones de euros de facturación, computados con el grupo al que se pertenezca—. Por ejemplo, un distribuidor final con menos de 100 metros cuadrados de superficie de venta queda exento de los objetivos de reutilización. Y las microempresas de hostelería no tendrán que ofrecer su propio envase reutilizable en 2028”, precisa.

Por otro lado, apunta que “quienes tienen más margen no son necesariamente los grandes, sino los que ya trabajan con envase reutilizable en circuito cerrado y los que usan papel y cartón, que parten de tasas de reciclado altas”.

Montón de envases desechados
Foto: iStock.

Un nuevo factor de presión

El nuevo Reglamento de envases supondrá un nuevo factor de presión para las empresas afectadas. “El margen neto de la distribución alimentaria en España va aproximadamente del 1% al 4,5% según la compañía. La rentabilidad de la restauración cayó un 0,9% en 2025. Y la propia patronal cita el estrés regulatorio entre las causas. Sobre esa base, cualquier sobrecoste relevante en el envase no se absorbe: no cabe”, sentencia Vázquez.

Además, esta nueva normativa llega en un momento de inflación de las materias primas, que ha presionado al alza el coste de los envases en los últimos años. “Hoy, la mayor presión sobre el coste del envase no es la regulación ambiental, sino el precio de las materias primas. El aluminio está en máximos de cuatro años. El cartón ondulado volvió a subir en 2026, tras la pausa de 2025. Y el PET ha repuntado con fuerza. La norma llega encima de una base ya inflada y eso es lo que hace que el momento sea especialmente delicado”, aclara.

Y a todo ello hay que añadir el coste de las tarifas de responsabilidad ampliada del productor. “La factura agregada del punto verde pasó de 650 millones de euros en 2021 a más de 800 millones en 2024, un 23% más en tres años. Y ya no se paga sólo por peso, sino que se paga por diseño. Un mismo kilo de plástico puede costar 6 veces más si es film flexible que si es una botella”, pormenoriza.

Impacto en materiales, gestión de residuos y almacenamiento

El experto de ERA Group cree que las partidas presupuestarias más afectadas por el nuevo Reglamento de envases serán las destinadas a materiales, gestión de residuos y almacenamiento, en ese orden.

“En materiales, el problema de fondo es de mercado, no de norma. El plástico reciclado ha venido costando bastante más que el virgen. Y hay un déficit estructural de oferta, ya que la demanda mundial de reciclado prevista para 2030 supera con claridad a la oferta disponible. Se puede diseñar el envase perfecto y no encontrar material para fabricarlo”, avisa.

“En gestión de residuos, lo relevante no es sólo que suban las tarifas, sino que han cambiado de lógica. La ecomodulación hace que pagues según cómo esté diseñado el envase, no sólo cuánto pesa. Y el sistema actual penaliza más de lo que premia. La penalización por diseño desfavorable ronda el 10%, mientras que las bonificaciones máximas se quedan del 4% al 8%”, especifica.

Finalmente, hace hincapié en las implicaciones que tiene la nueva normativa en cuanto al almacenamiento. “Un envase de un solo uso es un gasto. Un envase reutilizable es un activo con rotaciones, logística inversa y contabilidad propia. Eso no es cambiar de proveedor: es cambiar de modelo operativo”, subraya.

En el lado opuesto, algunas de las obligaciones del nuevo Reglamento de envases deberían tener una repercusión positiva. “En logística, el límite del 50% de espacio vacío que llega en 2030 obliga a rediseñar. Un envase más ajustado significa más unidades por palé y menos aire transportado. Hay casos documentados de rediseños que ganaron un 10% de carga por palé”, detalla.

Por último, cita una partida que no se suele tener en cuenta: el coste administrativo. “Con el impuesto al plástico, el 78% de las empresas necesitó asesoría externa y el 79% tuvo que hacer estimaciones subjetivas para liquidar. El Reglamento de envases añade declaración de conformidad y trazabilidad por cada tipo de envase. En una empresa con doscientas referencias, eso no es una tarea: es un sistema”, apostilla.

¿Es posible adaptarse sin subir precios?

Adaptarse a la nueva normativa sin subir los precios a los clientes no es fácil, pero es posible. “La palanca de mayor retorno es también la más antigua: quitar material. Y tiene una particularidad que la hace única en toda la cuenta de resultados. El ecodiseño ahorra tres veces con una sola decisión: menos material comprado, menos impuesto al plástico pagado y menos tarifa de reciclaje”, explica.

Los datos avalan esta afirmación. “El gran consumo español ha reducido un 19,5% el plástico de sus envases en 5 años y el 34% del plástico que utiliza ya es reciclado. Una botella de agua pesa hoy un 18% menos que hace veinte años. Un envase de yogur, un 21% menos. Nada de eso lo ha notado el consumidor en el precio ni en el lineal. Es la mejor prueba de que se puede adaptar sin repercutir”, declara.

La segunda palanca es la anticipación. “El tiempo es lo que permite elegir. Y elegir es lo que permite negociar”.

Por último, señala la existencia de una tercera palanca: evitar el sobrecumplimiento. “Una parte del coste que hoy asumen las empresas no viene de aplicar la norma, sino de aplicarla mal. Hay compañías provisionando para 2026 obligaciones que son de 2030”, recalca.

Por ejemplo, alerta de que diferentes medios de comunicación publicaron en agosto informaciones en las que se decía que los sobres de kétchup desaparecían ya. “Es falso, la prohibición es de 2030. Y las monodosis que acompañan a la comida para llevar están excluidas. Leer bien la norma es, literalmente, una medida de ahorro”, apunta.

En cualquier caso, considera que será prácticamente imposible absorber totalmente los costes asociados a las nuevas exigencias. “Parte llegará al precio. Lo que está en manos de la empresa es que llegue lo mínimo y que no llegue como una subida lineal a todo el catálogo, que es lo que ocurre cuando no se ha hecho el trabajo previo y hay que tapar el agujero con precio”, expone.

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