Cada vez queda menos tiempo para adaptarse Verifactu, el sistema de facturación electrónica promovido por la Agencia Tributaria con el objetivo de reducir el fraude fiscal y potenciar la digitalización de los procesos de contabilidad de las empresas.
La llegada de Verifactu afectará a más de 7 millones de empresas y autónomos en España, aunque el uso de este sistema de facturación electrónica todavía es voluntario. Pero por poco tiempo, ya que pronto será obligatorio.
Y no sólo las empresas y autónomos tienen que adaptarse. También han de hacerlo los proveedores de software de facturación, que han de estar preparados para cumplir con las exigencias de Verifactu antes del 29 de julio de este año, tal y como contábamos en EMPRENDEDORES.
Dudas de empresas y autónomos
Pese a la inminente llegada de Verifactu, todavía son muchas las dudas que tienen tanto las empresas como los autónomos en torno a este sistema. La compañía de software de facturación Holded aclara algunas de estas dudas.
1. ¿Ya es obligatorio?
“La respuesta es no, de momento. El sistema es todavía voluntario”, indica Holded. Será obligatorio para las empresas sujetas al Impuesto sobre Sociedades desde el 1 de enero del año que viene, mientras que los autónomos y entidades en régimen de atribución de rentas tendrán que emplear este sistema obligatoriamente desde el 1 de julio de 2026.
“Ahora bien, adherirse anticipadamente puede tener ventajas. Aunque la Agencia Tributaria no establece beneficios formales, el hecho de remitir facturas directamente puede aumentar la percepción de fiabilidad fiscal por parte de la AEAT”, señala la compañía.
Por otro lado, recuerda que “no todos los profesionales estarán obligados a adaptarse a Verifactu, ya que existe lo que la AEAT denomina la ‘regla de los 4 NO’, que exime de esta obligación a aquellos que cumplan con determinadas condiciones”.
“En concreto, están excluidos los profesionales que no estén obligados a emitir facturas, las empresas que ya estén adscritas al SII (Suministro Inmediato de Información), quienes tengan su domicilio fiscal en el País Vasco o Navarra —al tener sus propias Haciendas Forales—, y aquellos que cuenten con una resolución específica de exención emitida por la AEAT”, detalla.
2. ¿También para facturas emitidas fuera de España?
Holded afirma que una duda recurrente tiene que ver con las facturas emitidas fuera del país. “La clave aquí es la Ley Antifraude, que exige que todas las facturas, también las emitidas fuera de España si se está sujeto a esta legislación, cumplan con los requisitos técnicos, incluyendo un código QR que garantice su trazabilidad. Es decir, la factura debe reflejar claramente si se ha optado o no por Verifactu, pero en ambos casos debe poder comunicarse a la AEAT”, detalla.
3. ¿Cómo se corrigen los errores?
El proveedor de software de facturación recuerda que, en caso de querer corregir errores en una factura o anularla, sólo puede hacerse si previamente ha sido remitida a Hacienda y ha sido aceptada.
“Es decir, no se puede cancelar una factura unilateralmente. Este principio de inalterabilidad es una de las bases del sistema y cambia radicalmente la forma en la que muchas empresas han gestionado su facturación hasta ahora”, advierte.
4. ¿Cómo se integra Verifactu en el ecommerce?
Holded señala que los usuarios de plataformas como Amazon, Shopify u otros ecommerce se preguntan cómo se integra Verifactu. La compañía explica que hay soluciones que permiten automatizar ese flujo. “El usuario puede decidir si quiere que las facturas se generen en borrador, y aprobarlas manualmente antes de enviarlas a la AEAT, o que se remitan directamente una vez creadas. Esta flexibilidad es clave para negocios que trabajan en múltiples canales de venta”, remarca.
5. ¿Y si te arrepientes y quieres salirte?
“Muchas pymes quieren saber si es posible ‘salirse’ de Verifactu una vez dentro. La respuesta es ‘no de forma inmediata’, ya que la adhesión al sistema tiene carácter anual. Una vez que se opta por enviar las facturas a la AEAT bajo Verifactu, esta decisión se mantiene hasta el 31 de diciembre del ejercicio en curso. Si se desea cambiar el modelo, debe hacerse con el inicio de un nuevo año fiscal”, avisa la compañía.