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El Gobierno regulará el crowdfunding

El Consejo de Ministros aprobará el anteproyecto de la nueva Ley de Fomento de Financiación Empresarial en la que, además de contemplar aspectos de la financiación para pymes, incluirá la ...

28/02/2014  Redacción EmprendedoresFiscal & Legal

Según han filtrado diversos medios, el anteproyecto de Ley de Fomento de la Financiación Empresarial que aprobará el Consejo de Ministros establecerá el primer marco regulador específico para las sociedades y acciones de las Plataformas de Financiación Participativa, denominación legal que parece que se dará a las plataformas de micromecenazgo o crowdfunding, que pasarán a estar controladas por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) o el Banco de España.

De hecho, las empresas de crowdfunding deberán estar inscritas en alguno de estos dos organismos, dependiendo de si la financiación de los proyectos se hará a través de acciones o participaciones, o préstamos. Con ello, quedaría fuera la opción que están utilizando muchos de los nuevas startup de España que ofrecen sus productos o servicios a cambio de las aportaciones de capital.

Entre los aspectos destacados que parece que tendrá esta regulación se encuentran:

– El importe máximo que podrá solicitar una empresa a través de esta fórmula no podrá ser de más de 1 millones de euros.

– Los inversores no podrán aportar anualmente más de 3.000 euros por proyecto o 6.000 en varios.

– La financiación tendrá que realizarse a través de la emisión o suscripción de valores, participaciones en sociedades limitadas o la solicitud directa de préstamos.

– Las sociedades de microcenazgo o crowdfunding tendrán que tener un capital social mínimo de 50.000 euros, o disponer de un seguro de responsabilidad civil con una cobertura de 150.000 euros.

– Estas plataformas, además, serán responsables de las posibles irregularidades que comentan las empresas que se financien en ella.

– Las multas por incumplimientos de la normativa a las sociedades de micromecenazgo oscilarán entre los 25.000 y los 200.000 euros.

Regulación en otros países

Esta normativa, que ya está siendo interpretada como excesiva y que podría obligar al cierre de muchas de las plataformas lanzadas en los dos últimos años en España, choca con la regulación que existe en otros países sobre el crowdfunding. Por ejemplo, según datos de la Asociación Española de Crowdfunding, en Estados Unidos «se está instaurando un proceso de certificación de plataformas crowdfunding para reducir el papeleo administrativo de la ampliación de capital a la vez que se reduce el riesgo de fraude y se promueve también advertencia al riesgo en la toma de decisiones del inversor cuando invierte en nuevas empresas». Un proceso mucho menos complejo que el que se pretende instaurar en España.

También existen diferencias de la nueva ley que se pondrá en marcha con respecto a los límites del capital que pueden invertir los particulares en nuevos proyector. Por ejemplo, en Estados Unidos se permite invertir un 2% de los ingresos anuales y a las jóvenes empresas solicitar inversiones en forma de crowdfunding para inversores individuales de hasta 7 millones de euros». En Gran Bretaña, existe un «ahorro fiscal de hasta el 50% y 30% respectivamente de la inversión si se mantienen las acciones adquiridas por un período mínimo de 3 años y con unos máximos de inversión anuales de hasta 70.000 euros o 700.000 euros, respectivamente». Y en Holanda «existe exención de impuestos para inversiones en jóvenes empresas de hasta 55.000 euros anuales».

Redacción Emprendedores