El ICO tiene la misión de distribuir y gestionar la Línea de Avales COVID 19.
Según explican desde el organismo, la intermediación del Instituto de Crédito Oficial (ICO) “permite aplicar un modelo de colaboración público-privada de gran capacidad para hacer llegar la Línea a todos los empresarios de las distintas regiones de España de forma rápida y eficiente. La Línea de Avales es una línea integrada en la red comercial de todas las entidades financieras y de crédito, lo que la hace accesible de forma rápida a todas las empresas y autónomos de cualquier lugar de España”.
Esta es, pues, la vía para solicitar algún préstamo procedente de los 100.000 millones de euros aprobados por el Gobierno de la nación en la Línea ICO de Avales COVID 19, “para garantizar la liquidez de autónomos y empresas” aunque, por el momento, solo esté disponible un primer tramo de 20.000 millones aprobado por el Consejo de Ministros.
La Línea de Avales está disponible en las entidades desde el pasado lunes 6 de abril. Asimismo, las entidades financieras pueden solicitar el aval para los préstamos y operaciones suscritas con autónomos y empresas formalizados o renovados a partir del 18 de marzo de 2020 y hasta el 30 de septiembre de 2020.
¿Cuáles son las nuevas líneas y su finalidad?
El ICO gestiona las siguientes líneas aprobadas por el Gobierno para minimizar, en la medida de lo posible, el impacto económico en las empresas y autónomos que se hayan visto afectados por los efectos económicos del COVID-19:
Línea ICO Avales COVID 19: para facilitar acceso al crédito y liquidez a empresas y autónomos para hacer frente al impacto económico del COVID-19. Su objetivo es garantizar nuevos préstamos o renovaciones concedidos a empresas y autónomos para atender necesidades de financiación como:
- Pagos de salarios
- Facturas de proveedores pendientes de liquidar
- Alquileres de locales, oficinas e instalaciones
- Gastos de suministros
- Necesidad de circulante
- Otras necesidades de liquidez, incluyendo las derivadas de vencimientos de obligaciones financieras o tributarias
Sobre éstas, puedes acceder a más información en este enlace
Línea ICO Sector Turístico y actividades conexas Covid 19/Thomas Cook: Dirigida a autónomos y empresas del sector turístico y actividades conexas. Más información sobre este sector concreto aquí.
Participación en el Programa Acelera Pyme de red.es: para financiar necesidades de liquidez y proyectos de digitalización, y en particular los destinados a fomentar soluciones de teletrabajo Más información en este enlace de Acelera Pyme.
¿Qué sectores pueden beneficiarse?
Según afirman, la Línea ICO de Avales COVID 19 “garantiza la liquidez para todo tipo de empresas y autónomos, de cualquier tamaño, sector de actividad o localización geográfica que tengan domicilio social en España y cuya actividad se vea afectada por los efectos económicos del COVID-19″.
Con independencia del sector de actividad, el porcentaje máximo de cobertura del aval es el siguiente:
- En el caso de autónomos y pymes el aval garantizará el 80% del principal de las nuevas operaciones de financiación y de las renovaciones.
- Para el resto de empresas, que no tengan la consideración de pyme, el aval cubrirá el 70% en el caso de nuevas operaciones de préstamo y el 60% para renovaciones.
Los pasos que debes seguir
Los autónomos y empresas interesados en acogerse a esta Línea deberán dirigirse a cualquiera de las entidades de crédito, establecimientos financieros de crédito, entidades de pago o entidades de dinero electrónico que suscriban con el ICO los correspondientes contratos marco para participar en la Línea de Avales.
La entidad financiera decidirá sobre la concesión de la correspondiente financiación al cliente de acuerdo con sus procedimientos internos y políticas de concesión y riesgos. En caso de no poder asumir luego la devolución, dichas entidades estudiarán las diferentes opciones con sus clientes siguiendo las prácticas bancarias habituales.
Asimismo, las entidades financieras no podrán condicionar la aprobación de los préstamos a la contratación por parte del cliente de ningún otro servicio o producto.
Dichas entidades financieras podrán recurrir a la Línea de Avales para avalar operaciones de financiación otorgadas a autónomos y empresas.
En cuanto a posibles incompatibilidades con los préstamos ICO, destacan que “la Línea está sujeta a la normativa de ayudas de Estado de la Unión Europea”.
¿Y si el banco está cerrado?
Actualmente las entidades financieras están catalogadas como actividades esenciales y mantienen abiertas algunas de sus oficinas. Es conveniente consultar con las entidades antes de desplazarse físicamente. En cualquier caso, las entidades mantienen su actividad a través de sus canales online y telefónicos.
¿Qué tipo de operaciones pueden ser avaladas y cuáles son los requisitos?
Las operaciones que pueden ser avaladas mediante esta Línea son:
Nuevos préstamos y otras modalidades de financiación, y renovaciones de operaciones otorgados a autónomos y empresas de todos los sectores de actividad que tengan domicilio social en España y que se hayan visto afectados por los efectos económicos del COVID-19, siempre que cumplan los siguientes requisitos:
- Los préstamos y operaciones que hayan sido formalizados o renovados a partir del 18 de marzo de 2020
- Las empresas y autónomos que:
- No figuren en situación de morosidad en la consulta a los ficheros de la Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE) a 31 de diciembre de 2019.
- No estén sujetos a un procedimiento concursal a fecha de 17 de marzo de 2020, bien por haber presentado solicitud de declaración de concurso, o por darse las circunstancias a que se refiere el artículo 2.4 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, para que el concurso sea solicitado por sus acreedores.
- Cuando sea aplicable el Marco Temporal de Ayudas de la Unión Europea no encontrarse en situación de crisis a 31.12.2019 conforme a los criterios establecidos en el artículo 2 (18) del Reglamento de la Comisión Nº 651/2018, de 17 de junio de 2014 por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior.
- La financiación avalada no se podrá aplicar a la cancelación o amortización anticipada de deudas preexistentes.
Vigencia de las medidas
Las entidades financieras pueden solicitar el aval para los préstamos y operaciones suscritas con autónomos y empresas formalizados o renovados desde el pasado 18 de marzo de 2020 y hasta el 30 de septiembre de 2020.
No obstante, dicho plazo podría ser ampliado “siempre en línea con la normativa de Ayudas de Estado de la UE, por Acuerdo de Consejo de Ministros. el plazo medio para la concesión Depende de los procesos internos de cada entidad financiera”.
Si quieres más información, puedes hacerlo a través de la página habilitada por el ICO para este fin: https://www.ico.es/web/ico/linea-avales