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Soy autónomo, ¿puedo quedar excluido del método por módulos en 2016?

La última reforma fiscal restringió el acceso al régimen de estimación objetiva. Esto obligará a muchos autónomos a tener que llevar una contabilidad más estricta.

29/12/2015  Redacción EmprendedoresPatrocinados

¿Eres peluquera o taxista, tienes un taller de reparación de vehículos o un bar o cafetería? Si es así, puede que esto te interese: el sistema por módulos con el que tributabas ya no será lo que era.

Puede incluso que ya no puedas seguir tributando a través de él. Así que presta atención.

Pero primer de todo, pongámonos en contexto: a finales de noviembre de 2014 el Congreso aprobó la última reforma fiscal. La mayoría de medidas entraron en vigor en 2015. Sin embargo, otras se aplazaron para 2016.

Ese fue el caso del método de tributación por módulos o régimen de estimación objetiva que afecta a muchos autónomos.

La reforma implica que algunos ya no podrán seguir tributando por ese tipo de régimen de IRPF para autónomos, que como ya te explicábamos en otro lugar, consiste en determinar el rendimiento neto tributario en base a unos parámetros objetivos (número de personas que trabajan en la actividad, superficie del local, situación, etc.) que el Ministerio de Hacienda fija por cada actividad.

¿En qué consiste la reforma del método por módulos?

Fundamentalmente, en restringir el límite de facturación por el que un autónomo se puede acoger a este régimen. ¿Y de qué límites hablamos? De estos:

El volumen de rendimientos íntegros del año anterior no puede superar los 150.000 euros, excepto para actividades agrícolas y ganaderas. El límite de estas se sitúa en 250.000 euros. Antes era de 450.000 euros y 300.000 euros, respectivamente.

Si estás obligado a expedir facturas por tus operaciones, y el destinatario de éstas es un empresario o profesional, el límite se sitúa en 75.000 euros anuales.

El volumen de las compras en bienes y servicios del año anterior – se excluye la compra de inmovilizado – no puede superar los 150.000 euros anuales.

Se excluyen las actividades a las que se le aplica una retención del 1%, es decir, aquellas de fabricación y construcción.

La reforma, no obstante, contempla un periodo de transición de dos años – 2016 y 2017 – para adaptarse a estos cambios. Esta transición consiste en suavizar los límites durante estos dos años. Es decir: el límite se fijará en 250.000 euros – en lugar de 150.000 – y 125.000 euros, en lugar de 75.000.

¿Por qué esta reforma?

El sistema por módulos es muy popular en tiendas, bares, cafeterías, taxistas, etc., que están acostumbrados a trabajar con un gran número de transacciones sin tener que emitir facturas.

Para Hacienda esto constituye un problema: al haber poco control sobre estas transacciones, aflora el riesgo de fraude.

Con esta reforma se exigirán a los autónomos que queden excluidos del régimen a llevar una facturación y contabilidad más rigurosas.

Y, bueno, ahora que tendrás que llevar una contabilidad más estricta, te recomendamos que te hagas con un buen programa de facturación y contabilidad. Por si las moscas y porque te ayudará a poner orden y sistema a tus cuentas.

Redacción Emprendedores