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¿Cómo liquidar tus impuestos online en pocos pasos?

En España es posible llevar todos tus trámites con Hacienda sin tener que salir de casa. Una conexión a internet y el NIF electrónico son suficientes.

10/11/2015  Redacción EmprendedoresPatrocinados

Si hay que destacar una administración pionera en España en digitalización, esta es sin duda la Agencia Tributaria (AEAT). Hoy en día cualquier hijo de vecino con una conexión a internet puede llevar casi todas sus gestiones desde la página web de la AEAT.

Esta dispone de una Sede Electrónica desde donde puedes gestionar la tramitación de tus impuestos y otras diligencias como contestar requerimientos de Hacienda.

¿Las ventajas? Muchas. Los trámites van más rápido y te ahorras tiempo en desplazamientos, colas y todo el estrés que eso implica.

¿Qué necesito para liquidar mis impuestos online?

En España, donde estamos muy avanzados, existe el DNI electrónico, que te permite llevar todas las gestiones online con la Administración, entre ellas, la Agencia Tributaria.

También puedes usar en su lugar el certificado electrónico, que se obtiene en la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT) o el PIN24H conocido ahora como Cl@ve PIN.

¿Qué pasos he de seguir para liquidar mis impuestos online?

Primero has de dirigirte a la página web de la Agencia Tributaria: http://www.agenciatributaria.es/

La primera impresión es estéticamente dañina. Está claro que el diseño no es lo suyo, a pesar del esfuerzo digitalizador.

Una vez superado el primer trance estético has de dirigirte a la Sede Electrónica. El logotipo lo verás al lado derecho superior de la web. Destaca porque es azul y porque es cutre.

El trance estético continúa, y seguirá hasta el final o hasta el día en que la Agencia Tributaria contrate a un diseñador gráfico del siglo XXI. Pero sigamos, paso a paso:

Busca en la lista “Trámites destacados”. Lo encontrarás en el centro de la pantalla. Sí, delante de tus narices.

Haz clic sobre la penúltima opción: “Presentar y consultar declaraciones”.

Se te abrirá un listado con los diferentes tipos de modelos de declaración. Como autónomo o empresario, los más comunes son el modelo 111, el modelo 130 o 131 y el modelo 303 de IVA trimestral. También se encuentra el modelo 036 y 037, de alta y baja para autónomos y empresarios, que también puedes usar para comunicar alguna modificación en tu situación (cambio de actividad, domicilio, etc.).

Al elegir uno de los modelos correspondientes, se te abrirá otra página para realizar el trámite.

Para proseguir es donde entra en juego tu DNI electrónico o tu certificado digital.

Si haces clic sobre “Presentaciones”, se te abrirá una ventana que te pedirá uno de los certificados válidos para acceder al trámite electrónico. Ocurre que a algunas personas les sale un mensaje de error cuando intenta seguir. Esto pasa – en muchos casos – no porque hayas introducido mal la contraseña, sino porque has tardado demasiado en insertar el NIF electrónico. No pasa nada. Cierra el navegador y empieza de nuevo. Pero con más maña, emprendedor.

El resto del trámite es lo más complicado y aquí no vamos a entrar a fondo porque hay tantos modelos como trámites. Y en la lista ya has visto que no son pocos.

Lo último, una vez rellenado el formulario, es firmarlo y enviarlo. O lo penúltimo, porque lo último es recibir un acuse de recibo de la AEAT (si todo ha salido bien, claro).

El trámite online ya ha acabado. Aunque no el trámite en su totalidad.

¿Liquidación positiva o negativa?

Ahora queda la mejor parte. O la peor, según cómo se mire: la liquidación. Es decir, el ingreso o pago (liquidación positiva) o la devolución (liquidación negativa).

Al autónomo o empresario que le toque pagar no le parecerá tan positivo. Pero qué le vamos a hacer. Para la Agencia Tributaria sí que lo es. Y así es como se refleja en la liquidación final: un número en positivo, mondo y redondo, que puedes ingresarlo en efectivo o por transferencia bancaria.

Esta última opción sólo es posible si presentas el formulario cinco días antes de la fecha límite. De este modo Hacienda podrá ordenar el pago, que se realizará en esa fecha límite.

No olvides que hay una modalidad de pago llamada NRC (Número de Referencia Completa). Es tu banco o caja de ahorros el que te lo dispensa y agiliza el ingreso a Hacienda.

Por último está la liquidación negativa, que es positiva para ti porque es Hacienda la que tiene que devolverte algo y lo hará en la cuenta bancaria que introdujiste en el formulario. ¿Ver qué fácil?

Por cierto: si utilizas un programa de facturación y contabilidad no olvides hacer constar la liquidación con Hacienda. No importa que sea positiva o negativa. ¡Hay que contabilizarlo!

Redacción Emprendedores