x
Contenidos exclusivos, revista física
y muchas más ventajas

¿Qué hago si quiebra mi banco?

Tanto el presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, como el ministro de Economía, Pedro Solbes, lo han venido afirmando con rotundidad: la banca española muestra una solvencia envidiable frente ...

08/10/2008  Redacción EmprendedoresNoticias de empresa

Tanto el presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, como el ministro de Economía, Pedro Solbes, lo han venido afirmando con rotundidad: la banca española muestra una solvencia envidiable frente a otras entidades europeas. Incluso el diario británico Financial Times alabó recientemente nuestro sistema financiero, considerando que los bancos centrales deberían “tomar nota de las lecciones de España”.

A pesar de ello, la crisis y noticias como la quiebra de Lehman Brothers, el cuarto banco de inversión de Estados Unidos, han provocado miedo entre ahorradores y pymes españoles que ven peligrar su dinero. Sin embargo, los riesgos son mínimos. Si bien hasta ayer estaban garantizados hasta 20.000 euros por entidad y persona, Zapatero anunció que esta cifra se elevará hasta los 100.000 euros.

¿Qué son los Fondos de Garantía de Depósitos?

El sistema español garantiza esta cantidad a través del Fondo de Garantía de Depósitos, compuesto por tres entidades a las que todas las entidades bancarias, cajas de ahorro y cooperativas de crédito tienen que estar adheridas. El dinero de los fondos procede de los propios bancos y cajas de ahorro, que aportan anualmente un cantidad fijada por ley En el listado del FGD es posible consultar qué entidades están adscritas.

Si se trata de bancos extranjeros, tienen la obligación de adherirse al FGD cuando no sean miembros de la Unión Europea, o si en los países de los que proceden los depósitos no están cubiertos o son inferiores a los garantizados en España.
En caso de quiebra, se ponen en marcha los mecanismos previstos y todos los depositantes tienen garantizado su dinero.

Mejor prevenir…

El FGD garantiza 100.000 euros por depositante y entidad. Así, existen varios mecanismos para tener asegurada la devolución de todo el dinero.

  • En primer lugar, conviene tener repartido el capital en distintas entidades, sin sobrepasar en ninguna de ellas los 100.000 euros. De este modo, en caso de que alguna de ellas quebrara, la totalidad de la deuda estaría garantizada.
  • La segunda de las vías es abrir cuentas con varios titulares, puesto que el FGD garantiza 100.000 euros por persona. Si una cuenta con 300.000 euros está a nombre de tres personas, cada una de ellas percibirá 100.000 euros y no habrá pérdidas.

Si el banco se declara en quiebra, el FGD se pone en contacto con todos los depositantes, a los que pide su conformidad para recobrar el dinero. Aunque el plazo legal para devolverlo es de tres meses, desde el FGD indican que, en la práctica, el rembolso tarda entre ocho y diez días en realizarse.

Redacción Emprendedores