Si bien hasta ahora la devolución del IVA se hacía al final de cada período de liquidación (trimestralmente), desde el 1 de enero todas las empresas pueden solicitar la devolución mensual del saldo del IVA. Esta medida, a la que antes sólo podían acogerse las empresas exportadoras, se enmarca en los planes del Gobierno para reactivar la economía y la liquidez. Una opción que es especialmente atractiva para las nuevas empresas, ya que las permite disponer de una mayor liquidez, al poder recuperar lo pagado por el IVA mensualmente.
¿Cómo inscribirse en el nuevo sistema? Es necesario darse de alta en los censos de la Agencia Tributaria, en el Registro de Devolución Mensual (Redeme) habilitado para ello (puedes obtener más información pulsando aquí). La inscripción podrá realizarse hasta el 30 de enero, y, adicionalmente, durante el plazo de presentación de las declaraciones-liquidaciones periódicas. Es decir, en los meses de abril, julio y octubre.
Por otro lado, eConta, asesoría contable, laboral y tributaria del grupo BBVA, facilitará esta operativa a todas las empresas asociadas en su plan de creación de empresas www.planemprendedores.com.