La nueva factura de la luz entrará en vigor el próximo 1 de julio en España. La medida pretende reducir los costes fijos habituales, y acercarse más a que el usuario pague en función del consumo que realice. Así, se espera que, de media, los consumidores afectados por el cambio -hasta 10 millones de personas-, lleguen a ahorrar un 25% cada mes.
Para ello, la factura de la luz que se implantará el 1 de julio aumentará la parte variable del cálculo hasta el 75%, frente al 60% actual, mientras que el peso del término fijo pasará de contar un 40% al 25%. Esta medida puede favorecer a muchos consumidores, pero también perjudicar a los empleados que todavía teletrabajan y realizan un consumo más continuado de luz durante la semana.
Otra de las novedades más importantes en la factura de la luz es la incorporación de franjas horarias. Así, las horas punta -las más caras- serán las comprendidas entre las 10:00 y las 14:00 y las 18:00 y las 22:00; las horas llanas -con un precio medio-, entre las 8:00 y las 10:00, las 14:00 y las 18:00 y las 22:00 a las 00:00; y las horas valle -las más baratas- entre las 00:00 y las 8:00.
Como en el caso de los cambios entre el consumo variable y el fijo, los cambios de franjas en la factura de la luz pretenden reducir el consumo de los hogares españoles, pero pueden convertirse en todo lo contrario para los profesionales que trabajan desde casa. Prueba de ello es que uno de los momentos más caros, entre las 10:00 y las 14:00, sucede en plena jornada laboral para la mayoría de trabajadores.
Si teletrabajo, ¿debe la empresa pagar mi factura de la luz durante la jornada?
La nueva factura de la luz puede ser menos dolorosa para los teletrabajadores, en el caso de que sus empresas ya hayan comenzado a aplicar la ley del teletrabajo… Y cumplan con una serie de condiciones.
Así, para que una empresa deba pagar una parte proporcional de la factura de la luz de un empleado, este debe trabajar, al menos, dos días desde casa –un 30% de la jornada-. Además, en ese caso, la obligación de compensar los gastos de electricidad, teléfono o internet quedará regulada en el convenio colectivo de la empresa, a diferencia de los gastos por equipamiento informático o mobiliario, que corren directamente a cargo del empleador.
Sin embargo, todavía hay muchas empresas que no han puesto en marcha las medidas necesarias para aplicar esta ley, gracias al periodo -hasta dos años- concedido para poder adaptarse. “La situación afectada por la pandemia nos ha servido a todos de experiencia para constatar los excesos (por ambas partes) que conviene regular para dar seguridad jurídica y contenido a esta nueva forma de entender las relaciones laborales” valora Fran García de Vinuesa Catalán, abogado de JDA/SFAI.