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Empleados que desgravan (3)

Quiénes. Perceptores de rentas mínimas de inserción, personas que no puedan acceder a las rentas mínimas de inserción; jóvenes de entre 18 y 30 años procedentes de Instituciones de Protección ...

24/03/2011  Redacción EmprendedoresGestión
Empleados que desgravan (3)

Quiénes. Perceptores de rentas mínimas de inserción, personas que no puedan acceder a las rentas mínimas de inserción; jóvenes de entre 18 y 30 años procedentes de Instituciones de Protección de Menores; drogodependientes o personas con otros trastornos adictivos que se encuentren en proceso de rehabilitación o reinserción social; internos de centros penitenciarios; menores internos cuya situación les permita acceder a un empleo; personas procedentes de centros de alojamiento alternativo o de servicios de prevención e inserción social.

Ventajas fiscales. La empresa tendrá derecho a una bonificación de la cuota empresarial a la Seguridad Social de 600 euros anuales durante cuatro ejercicios por cada contratación indefinida y de 500, toda la vigencia del contrato para los contratos temporales.

A favor. Aprecio por la confianza otorgada, ganas de hacerlo bien y aprender.
En contra. Presión por hacer las cosas bien.

PERSONAL INVESTIGADOR

Empleados que desgravan (3)

Quiénes. Investigadores, científicos o técnicos, para el desarrollo de nuevos programas o proyectos singulares de investigación.

Ventajas fiscales. Bonificaciones del 40 % en las aportaciones empresariales a las cuotas de la Seguridad Social por contingencias comunes para los empleados que se dediquen exclusivamente a proyectos de I+D+i. Los contratos pueden ser de carácter indefinido, en prácticas o de carácter temporal por obra o servicio con una duración mínima de tres meses. Además, en el marco de la Deducción por Gastos de I+D+i, la contratación de personal investigador cualificado adscrito en exclusiva al proyecto da derecho a una deducción adicional del 17% (a la que hay que añadir hasta un 42% que puede alcanzar la deducción general del proyecto), y que es aplicable tanta a autónomos como a sociedades.

A favor: Constancia, rigor, iniciativa y capacidad organizativa.
En contra: Posibles dificultades con las relaciones sociales.

EXTRABAJADORES DE LOS SECTORES DEL CALZADO, JUGUETE Y MUEBLE

Empleados que desgravan (3)

Quiénes. Personas desempleadas o en excedencia despedidas a partir del 5 de octubre de 2007 y hasta el 31 de diciembre de 2009 (sector del calzado, curtidos y marroquinería); del 26 de diciembre de 2008 (sector del juguete); y del 13 de marzo de 2009 (ramo del mueble).

Ventajas fiscales. Las bonificaciones por contrato temporal o indefinido dependerán del tipo de persona que se contrate. Por mujeres menores de 45 años, es de 1.000 euros anuales en cuatro años; por discapacitados, la cuantía que les corresponda según la Ley 43/2006, incrementada un 5%, durante dos años; por trabajadores entre 35 y 45 años, los que no tengan derecho a bonificaciones según la Ley 43/2006, 500 euros anuales durante dos ejercicios, y los que tengan derecho a bonificaciones según la Ley 43/2006, la cuantía que les corresponda más un 5%, durante dos años; por trabajadores entre 45 y 55 años, 1.200 euros el primer año de contrato y 1.296 euros/año el resto del mismo, en el caso de los hombres, y 1.400 euros el primer año de contrato y 1.500 euros el resto, para las mujeres; trabajadores mayores de 55 años, 1.200 euros (hombres) y 1.400 (mujeres) el primer año de contrato y 1.320 euros y 1.550 euros, respectivamente, el resto del mismo. Además, si estos empleados son perceptores de prestación contributiva por desempleo y les resta al menos un año de percepción, la bonificación será de 1.680 euros el primer año de contrato y 1.800 euros, el resto.

A favor. Conocimiento de estos sectores y gusto por la definición concreta de las tareas.
En contra. Acciones de reciclaje.

Redacción Emprendedores