Tras varias reuniones a tres bandas entre el Gobierno, los sindicatos y la patronal, el Gobierno aprobará este martes la nueva legislación sobre el teletrabajo. Aunque no entrará en vigor de forma inmediata, el momento está cerca. Por eso, te contamos lo que debes saber sobre el real decreto.
La nueva regulación nombrará a las empresas como únicas responsables de los costes derivados del teletrabajo. De esta forma, serán ellas quienes deberán costear los equipos necesarios para trabajar desde casa, así como los costes derivados de los mismos -luz, teléfono…-. En algunos casos, el importe a pagar por la empresa ya está fijado en el convenio, pero, en caso negativo, deberá establecerse de forma obligatoria a través de la negociación colectiva.
Además, el teletrabajo -y la vuelta al trabajo presencial- será una opción voluntaria para las dos partes. Ambas, trabajador y empresa, deberán dejar su decisión por escrito. No obstante, esta legislación solo aplicará en caso de que el tiempo de teletrabajo supere el 30% de la jornada laboral semanal. De esta forma, los empleados que trabajen un día a la semana desde casa no tendrán que adherirse a la nueva normativa.
El acuerdo entre la empresa y sus trabajadores debe formalizarse ahora en un plazo de tres meses. Además, el texto recalca el principio de igualdad entre los empleados que acudan a las oficinas para trabajar de forma presencial y los que acuerden con la empresa quedarse en casa. Por su parte, la empresa podrá poner en marcha los mecanismos de control de la jornada que estime oportunos.
Las duras negociaciones del decreto sobre el teletrabajo
El texto que votará el Consejo de Ministros es el resultado de varias horas de duras negociaciones entre el Gobierno, los sindicatos y la patronal. Durante las reuniones, el texto ha ido modificando algunos de sus puntos, aunque en líneas generales conserva el mismo espíritu que en un primer momento.
Por ejemplo, al comienzo de la negociación el límite para aplicar la legislación se fijaba en el 20% de la jornada laboral. Algo que puso en contra a los representantes de los empresarios y que, al final, se amplió hasta el 30%. En el lado contrario, la CEOE pedía que las horas de teletrabajo se pudiera interpretar como conciliación, un punto que ha terminado excluyéndose del texto.
El retraso de la entrada en vigor de la ley responde al “carácter preferente” del trabajo a distancia que el Gobierno recomendaba a las empresas. No obstante, desde el momento en que se publique en el BOE, solo pasarán 20 días hasta que esté vigente.