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Ojo con las infracciones y las sanciones

Las multas por infringir la normativa medioambiental pueden alcanzar los dos millones de euros, así que conviene tenerlas muy en cuenta. A partir de un informe de la Cámara de ...

16/02/2012  Redacción EmprendedoresGestión
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Uso y vertido de aguas

Infracciones. Pueden ser leves, menos graves, graves o muy graves, según su repercusión en el orden y aprovechamiento del dominio público hidráulico, su trascendencia respecto a la seguridad de las personas y bienes y a las circunstancias del responsable –grado de malicia, participación y beneficio obtenido–, así como al deterioro producido en la calidad del recurso. Se refieren a las acciones u omisiones que causen daños a los bienes de dominio público hidráulico y a las obras hidráulicas; la derivación de agua de sus cauces y el alumbramiento de aguas subterráneas sin autorización; efectuar vertidos que puedan deteriorar la calidad del agua o las condiciones de desagüe del cauce receptor sin contar con autorización; o la apertura de pozos e instalación de instrumentos para la extracción de aguas subterránea sin disponer de permiso.

Sanciones.

Las multas para las infracciones graves son de 30.050 a 300.506 euros. Las muy graves, de 300.506 a 601.012 euros. Los infractores pueden ser obligados a reparar los daños y reponer al estado inicial.

Redacción EmprendedoresHablamos de emprendimiento desde 1997. Esta experiencia nos permite conocer la evolución del ecosistema y las tendencias que se mueven por el mercado
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