x
Contenidos exclusivos, revista física
y muchas más ventajas

Lotería de Navidad 2022: ¿cuánto deben pagar los emprendedores si les toca el Gordo?

Dependiendo de si se trata de un autónomo o una sociedad, la tributación de los premios de la Lotería de Navidad es diferente, y podría servir para compensar pérdidas.

21/12/2022  Redacción EmprendedoresGestión

Apenas unas horas antes de que se celebre el sorteo de la Lotería de Navidad de 2022, vuelven a surgir dudas sobre la tributación de los premios. Se trata de una cuestión interesante, debido que, aunque la fiscalidad de los mismos no cambia si el ganador es un particular o una sociedad, la forma de declarar el importe a Hacienda sí presenta algunas diferencias importantes.

En primer lugar, cabe recordar que el porcentaje del premio que se queda Hacienda es del 20% del premio, descontando los primeros 40.000 euros, que quedan libres de impuestos. Es decir, si se gana un décimo de “el Gordo”, cuyo premio asciende a 400.000 euros, el afortunado debería tributar un 20% de 360.000. Es decir, 72.000 euros, por lo que el premio neto ascendería a 328.000 euros.

Por otro lado, en el caso de que el premio obtenido en el sorteo de la Lotería de Navidad fuera inferior a los 40.000 euros, el premiado quedaría exento de pagar a Hacienda. Ambos supuestos afectan tanto a particulares como a autónomos y empresas, aunque en este último caso existen algunas particularidades en las que los autónomos podrían salir beneficiados o perjudicados, según el caso.

¿Cuánto deben pagar los emprendedores si les toca el Gordo en la Lotería de Navidad?

En el caso de los autónomos, si tributan por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), no deberían tener que presentar otra autoliquidación de impuestos por el premio en la Lotería de Navidad. Al igual que cualquier otro particular, la retención correspondiente se aplicaría en el momento de recibir el ingreso del premio.

Lotería de Navidad 2022: ¿cuánto deben pagar los emprendedores si les toca el Gordo?

Caso diferente es el de las sociedades, donde las posibilidades se abren. Si el décimo se cobra a nombre de la empresa, el premio de la Lotería de Navidad debería declararse como un ingreso extraordinario dentro del Impuesto de Sociedades. A partir de aquí, el importe tributaría en función del tramo y el tipo de sociedad. En este otro artículo de EMPRENDEDORES, te dejamos más información sobre las novedades de este impuesto.

Esto podría hacer que, en lugar de tributar el premio de la Lotería de Navidad al 20%, la sociedad deba hacerlo al 25%. Sin embargo, también supone una importante ventaja para los emprendedores, que podrían utilizar el dinero de “el Gordo” para compensar las pérdidas de un ejercicio e, incluso, obtener una devolución de la retención por parte de Hacienda.

Emprender, una idea habitual entre los ganadores de la Lotería de Navidad

Uno de los destinos más habituales de un premio en la Lotería de Navidad es la financiación de un proyecto emprendedor. En concreto, diversos estudios de Cátenon, Camelot y Oxford Economics, determinan que entre el 15% y el 20% de los ganadores de lotería optan por montar un negocio propio. En este sentido, en este otro artículo de EMPRENDEDORES te dejamos tres ejemplos de ganadores de premios que decidieron lanzarse a montar su propio proyecto.