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Los nuevos impuestos que más afectarán al mundo de los negocios en 2021

Los Presupuestos Generales del Estado traen la aprobación de nuevos impuestos, muchos de los cuales afectan al mundo de la empresa. Estos son los principales.

30/12/2020  Ana DelgadoGestión

Impuesto de Sociedades

Una de las nuevas medidas fiscales corresponde a las tasas corporativas que cambiarán en 2021 al objeto de mejorar la continua merca de recaudación de este impuesto.

Los cambios que se aplicarán en el Impuesto de Sociedades son:

-Reducción de la exención del 100% al 95% por las plusvalías y dividendos generados por filiales en el exterior. Las compañías con un volumen de negocio inferior a 40 millones podrán seguir aplicando la exención del 100% por dividendos durante los próximos años.

-Incremento del tipo de gravamen de las sociedades anónimas cotizadas de inversión inmobiliaria (Socimis). Se incluyen medidas para reforzar el control de las SICAV e imponer un gravamen del 15% a las Socimis sobre sus beneficios no distribuidos como dividendo a sus socios.

Según declaraba la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, la subida del impuesto de sociedades solo afectará a 739 empresas, “de las más de millón y medio que existen en nuestro país”. “Solo un 0,12% del total de nuestro tejido productivo”.

Subida del IVA en bebidas azucaradas y edulcoradas 

Las bebidas azucaradas y edulcoradas no vendidas en restauración pasarán de tener un IVA del 10% al 21% con el objetivo de combatir la obesidad infantil y enfermedades asociadas como la diabetes y, ya de paso, recaudar alrededor de 400 millones. En bares y restaurantes, estas bebidas seguirán tributando al 10% actual “para no perjudicar a la restauración en un momento tan delicado como el actual”, apuntaba Montero. La subida, pues, afectará solo a la compra de estos productos en los supermercados o establecimientos similares. En cuanto a los productos lácteos, para los que también se contempló una subida similar, quedan finalmente exentos.

Fiscalidad verde

A partir de 2021, se empezará a aplicar la denominada ‘fiscalidad verde en determinados productos’. En esta se incluyen:

-Los plásticos no reutilizables, a los que se les aplicará un tipo impositivo de 0,45 euros por kilogramo de envase. El Ejecutivo estima que el impacto en las arcas públicas en 2021 con esta medida sea de 491 millones de euros. El impuesto especial a los envases de plástico no reutilizable será de carácter indirecto y recaerá sobre la fabricación, importación o adquisición intracomunitaria de envases de plástico no reutilizables. 

Entre los productos de plástico de un solo uso están los vasos para bebidas, incluidos sus tapas y tapones y los recipientes para alimentos, tales como cajas, con o sin tapa, entre otros muchos productos como pajitas o agitadores de bebidas y cubiertos de plástico. Para todos estos productos se ha de conseguir en 2026 una reducción del 50% en su comercialización En cualquier caso, a partir del 1 de enero de 2023, queda prohibida su distribución gratuita, debiéndose cobrar un precio por cada uno de los productos de plástico que se entregue al consumidor, diferenciándolo en el ticket de venta.

No obstante, esta medida forma parte del anteproyecto de Ley de Residuos y Suelos Contaminados, por lo que su entrada en vigor no será automática desde el inicio de 2021. La Asociación Española de Industriales de Plásticos (ANAIP) rechaza esta medida que considera “un revés para la industria y para el bolsillo del consumidor”

-Se pospone la reducción de la bonificación fiscal del diésel. La intención inicial del Ejecutivo era que el tipo estatal general del gasóleo pasará de los 30,7 céntimos por litro actuales a 34,5. No se contemplaban cambios para la gasolina, cuya tasa se mantenía en 40,07 céntimos por litro.

“Este precio sigue siendo inferior a la gasolina”, matizaba la ministra de Hacienda en rueda de prensa , “pero el objetivo es ir equiparando de forma progresiva estos dos hidrocarburos como mensaje claro de que tenemos que cambiar nuestros hábitos de consumo en relación con la automoción, y enfocarla hacia una movilidad más sostenible”. No obstante, la subida al impuesto del diésel quedó finalmente en papel mojado de manera que los impuestos al gasóleo para uso profesional se mantendrán como hasta ahora, es decir, 9,55 céntimos de euro por litro repostado por debajo de los aplicados a la gasolina.

-Impuesto de matriculación. En contrapartida al mantenimiento de la carga fiscal del diésel, sube el Impuesto de matriculación al objeto de adaptar la normativa de emisiones de la UE. Esto afectará al sector del automóvil que tendrá que afrontar otra alza impositiva para trasladar a la legislación española la nueva normativa europea de emisiones WLTP, que afecta a cada vehículo según su tasa de emisiones por kilómetro recorrido. 

La subida del impuesto de matriculación implica que los coches que emitan entre 144 y 192 gramos de CO2 por kilómetro recorrido pagarán un 4,75% del precio de fábrica del vehículo, aumentando el umbral mínimo y máximo desde la horquilla de 120 y 160 gramos que está vigente desde 2018, mientras que los que estén por debajo de 144 gramos seguirán estando exentos. Mientras, entre 192 y 240 gramos de CO2 por kilómetro se deberá pagar un 9,75% del precio de fábrica del coche, y hasta un 14,5% de impuesto si superan los 240 gramos. 

Las asociaciones del sector automovilístico han denunciado que esta subida supondrá encarecer el precio de los vehículos hasta un 5% tras cerrar 2020 con una previsión de haber vendido un 35% menos que el año anterior. 

La tasa Google

En el caso de la tasa Google, el objetivo que persigue es gravar operaciones propias de la economía digital para evitar agravios comparativos con los negocios tradicionales.

Se trata de un tributo indirecto que grava las prestaciones de determinados servicios digitales en que exista intervención de usuarios situados en el territorio de aplicación del impuesto, que es todo el territorio español. Se identifican como servicios digitales: servicios de publicidad en línea; servicios de intermediación en línea; y los servicios de transmisión de datos (la transmisión, incluidas la venta o cesión, de los datos recopilados acerca de los usuarios que hayan sido generados por actividades desarrolladas por estos últimos en las interfaces digitales”.  Quedan excluidas las ventas de bienes o servicios contratados en línea a través del sitio web del proveedor de los mismos, en las que el proveedor no actúa en calidad de intermediario.

El impuesto gravaría el 3% de los ingresos generados por determinados servicios digitales, de grandes compañías con ingresos superiores a los 750 millones de euros a nivel mundial y más de 3 millones en España.  La previsión de recaudación con este impuesto es de 968 millones de euros.

No obstante, hay que advertir que la norma tiene carácter transitorio dado que el Gobierno sigue pendiente de la firma de un acuerdo marco internacional sobre esta materia en el seno de la OCDE y el G20.

Desde asociaciones como ADigital expresan su rechazo a la aprobación del Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales y advierte de las “duras consecuencias para la economía española que se derivarán de su aplicación unilateral en nuestro país sin esperar a una solución consensuada a nivel internacional”.

La Tasa Tobin

La Tasa Tobin es el impuesto que se aplica sobre las transacciones financieras y con el que el Gobierno pretende recaudar 850 millones de euros anuales mediante el cobro de un 0,2% en las operaciones de compra de acciones emitidas en España y ejecutadas por operadores del sector financiero.

Con esta tasan se gravan las operaciones de adquisición de acciones emitidas en España por empresas cotizadas cuya capitalización bursátil sea superior a 1.000 millones de euros (todas las del Ibex 35 y algunas compañías del mercado continuo). No se gravará la compra de acciones de pymes y empresas no cotizadas. Contempla también otras exenciones de aplicación del gravamen como la ampliación de capital o las salidas a bolsa.

El Gobierno establece que sean los intermediarios financieros los que paguen esta tasa, aunque, según advierten algunos, “es muy posible que éstos trasladen el coste al consumidor final, que en muchos casos es un pequeño ahorrador minorista”.

Primas de seguros

Por primera vez en más de 20 años, según anunciaba Montero, se aprueba una modificación del impuesto sobre primas de seguros  (IPS). Estos pasarán del gravámen actual del 6% al 8%, un porcentaje, que según la ministra, sigue estando por debajo de la media europea.  No obstante,  el nuevo tributo tendrá impacto en la inmensa mayoría de las familias españolas que tengan contratado algún tipo de póliza dado que es un impuesto que soportará el contribuyente final y cuyo aumento verá reflejado en los recibos. También las empresas españolas se verán afectadas por esta subida dado que son muchas las que tienen contratados diversos seguros para el desarrollo de su actividad, tales como los de responsabilidad civil, robo o daños en sus instalaciones productivas. El impacto de esta medida se ha valorado por el Gobierno en unos 455 millones de euros.

No obstante, también aquí hay exenciones. Los seguros en los que el Impuesto sobre las Primas de Seguro no se aplica, corresponden a: los seguros de vida, seguros de caución, seguros de crédito a la exportación y los agrarios combinados. También carecen de dicho impuesto las operaciones relacionadas con seguros sociales obligatorios, así como seguros colectivos que instrumenten sistemas alternativos a los planes y a los fondos de pensiones.

Ana Delgado