La reducción de la jornada laboral es una de las fórmulas existentes para favorecer la conciliación entre la vida laboral y la familiar. Las situaciones más comunes por las que se solicita la reducción de la jornada laboral son para el cuidado de los hijos, pero también para atender a familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad o por cuidados propios, como para la rehabilitación o el tratamiento la salud mental o física.
La solicitud de una excedencia es otra de las fórmulas empleadas para asumir el cuidado de los hijos o familiares dependientes. Según los últimos de la Seguridad Social, el número de excedencias solicitadas en el primer trimestre de este año aumentó un 48,5% respecto a 2022, siendo las mujeres quienes más la solicitan (84,6%).
Quienes solicitan una excedencia no sólo dejan de percibir su salario durante el tiempo en el que la relación laboral se ve suspendida, sino que también se interrumpe la cotización a la Seguridad Social. Esto es algo que puede impactar en la cuantía de la pensión de jubilación del trabajador, ya que el cálculo del importe de la prestación se realiza teniendo en cuenta las bases de cotización de los últimos 25 años de la trayectoria laboral.
En el caso de la reducción de la jornada laboral, la cotización también se ve afectada. Al ejercer este derecho, la cuota satisfecha a la Seguridad Social disminuye en proporción a la reducción de horas de la jornada.
Sin embargo, los expertos de DAS Seguros destacan que existen excepciones especiales para los empleados con hijos menores de 12 años a su cargo que decidan reducir su jornada, desde una octava parte de sus horas de trabajo hasta convertirla en jornada parcial.
Aunque dicha reducción conllevará una disminución proporcional de su salario, la cotización se mantendrá durante los tres primeros años, tal y como si siguieran trabajando a tiempo completo. Además, los abogados de DAS Seguros recuerdan que la jornada reducida deberá integrarse en el mismo horario con el que ya contaba el trabajador.
Estas excepciones vienen recogidas en la nueva Ley de Familias, aprobada en el mes de abril, con la que se pretende promover una conciliación efectiva entre el ámbito laboral y el familiar. Así pues, el mantenimiento de las cotizaciones sociales, a pesar de reducir la jornada laboral, busca favorecer a aquellos trabajadores que, de manera opcional u obligada, trabajan a tiempo parcial en sus organizaciones.
Como ya contábamos en EMPRENDEDORES, la Ley de Familias contempla otras muchas medidas en pos de la conciliación. Una de las más llamativas es que da la opción de solicitar el teletrabajo para hacer efectivo el derecho a la conciliación de la vida familiar y laboral.
Esta posibilidad puede hacerse efectiva hasta que el menor cumpla los 12 años. Y no se limita únicamente al momento del nacimiento o adopción del hijo. Por ejemplo, si el hijo tiene siete años, los padres podrán solicitarlo para los cinco años siguientes.
De este modo, los progenitores pueden solicitar adaptaciones de duración y distribución de la jornada de trabajo, en la ordenación del tiempo y en la forma de prestación, incluida la prestación de su trabajo a distancia.
No obstante, el texto puntualiza que “dichas adaptaciones deberán ser razonables y proporcionadas en relación con las necesidades de la persona trabajadora y con las necesidades organizativas o productivas de la empresa”.
La ley también incluye otros permisos orientados a la conciliación. Uno de ellos es permiso no retribuido de ocho semanas para padres y madres con hijos menores de ocho años, que puede ser disfrutado de manera continua o discontinua. Además, recoge un permiso retribuido de cinco días al año para cuidar a un familiar de hasta segundo grado o un conviviente con o sin parentesco. Asimismo, contempla un permiso retribuido de hasta cuatro días para urgencias familiares imprevisibles, en caso de enfermedad o accidente que hagan indispensable la presencia inmediata del trabajador.