Independientemente de la edad, la renta siempre se debe presentar cuando los trabajadores hayan percibido más de 22.000 euros anuales con un único pagador. En el caso de contar con dos pagadores, los contribuyentes deberán hacer la declaración cuando ingresen más de 14.000 euros anuales. En el caso de los autónomos, tienen que presentar la declaración siempre que hayan ganado más de 1.000 euros por su actividad, o tengan pérdidas superiores a 500 euros.
Por otro lado, según datos facilitados por el Gobierno, casi 4 millones de españoles tuvieron que acogerse a un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) durante la primera ola de la pandemia. Ello implica tener un doble pagador y la obligatoriedad de presentar la declaración por ello, pese a ser una medida extraordinaria, implica cambios que los contribuyentes deberán tener en cuenta en la campaña de la renta que arranca el 4 de abril.
Normalmente, las empresas retienen una cantidad cada mes que ingresan a Hacienda en concepto de IRPF, lo que marca la diferencia entre el sueldo bruto y el neto. De esta manera, se va pagando el IRPF que corresponde mensualmente y no se tiene que pagar de golpe en la declaración de la renta. A diferencia de las empresas,el SEPE no suele retener IRPF al pagar las prestaciones por ERTE, por lo que no se habría pagado el IRPF correspondiente.
Si los ingresos recibidos del SEPE superan los 1.500 euros, es obligatorio presentar la declaración a partir de los 14.000 euros de ingresos totales, por lo que es posible que haya que pagar por las retenciones que no se hayan realizado. Ahora bien, si los ingresos recibidos de uno de los pagadores no superan los 1.500 euros y la suma total de ingresos se mantiene por debajo de los 22.000 euros, entonces no es obligatorio presentar la declaración.
Dependiendo de la ayuda percibida, será declarada de una forma u otra. Tanto las prestaciones por ERTE como la prestación por cese de actividad de los autónomos, que ha sido concedida a casi un millón de trabajadores por cuenta propia, deberá tributar como rendimiento de trabajo, al igual que la mayoría de las ayudas. Los expertos fiscales de TaxScouts, fintech que simplifica la presentación de impuestos, recuerdan que cualquier tipo de prestación debe tributar, salvo que se establezca explícitamente que está exenta de pago.
Pago fraccionado
Teniendo en cuenta la gran cantidad de ciudadanos afectados por el ERTE y con la previsión de que a muchos de ellos les saldrá a pagar en la próxima Declaración de la Renta, Hacienda ha decidido por este año modificar la norma permitiendo fraccionar el pago a la Agencia Tributaria correspondiente a la liquidación del IRPF en seis veces sin intereses. Los pagos deberían hacerse entre el 20 de julio y el 20 de diciembre.
Las deducciones
Además de los plazos, en esta campaña conviene más que nunca estar atento a las posibles deducciones, las cuales no son aplicadas por un 92% de los contribuyentes, según el Instituto Nacional de Estadística (INE). Esto equivale a hablar de más de 9.000 millones de euros en deducciones no aplicadas cada año.
Los asesores de TaxScouts resaltan las siguientes deducciones a tener en cuenta:
–Deducción por aportaciones a Planes de Pensiones.
-Deducción por maternidad.
-Deducción por donativos.
-Deducción por inversión en empresas de nueva creación.
-Deducción por afiliación a un partido político o sindicato.
-Deducción por alquiler de vivienda habitual. Esta cambia en función de las comunidades autónomas, pero es una deducción que se recoge prácticamente en todas.
Recuerda ,además, que las comunidades autónomas pueden establecer otras deducciones, por lo que siempre es importante revisarlas para asegurarnse de que se aplican todas las posibles.
En lo que respecta a la inclusión de los hijos en la declaración de los padres, estos pueden incluirse hasta que el vástago alcance los 25 años de edad,“siempre que no hayan obtenido rentas superiores a 8.000 euros y no hayan presentado la declaración de forma independiente con rentas superiores a 1.800 euros”.
Además, desde TaxScouts recuerdan que las madres trabajadoras pueden beneficiarse de una deducción de hasta1.200 euros anuales por cada hijo menor de tres años.
En el caso concreto del alquiler de una vivienda, y teniendo en cuenta las salvedades ya referidas de cada comunidad autónoma, en TaxScouts señalan quelos contratos de alquiler firmados antes de 2015, pueden beneficiarse de una deducción estatal de hasta un 10,05% de lo pagado (con un límite de 9.040 euros). Pero, en el caso de haber firmado un contrato posteriormente, habrá que ver las deducciones autonómicas en las que se tiene establecida la residencia. En el caso de que la deducción sea limitada por la edad, se tomará en cuenta a 31 de diciembre. Asimismo, si se comparte piso, cada contribuyente puede deducir lo que realmente ha pagado por el alquiler.
En TaxScouts hacen también referencia al caso concreto de las criptomonedas recordando que la compra de criptomonedas no implica la obligación de declararlas en la renta. “Solamente se deben declarar cuando se venden, por lo que si no se realiza ningún movimiento con las divisas adquiridas, no hay que tributar, ya que no hay ganancias ni pérdidas. Las operaciones con criptomonedas se deben incluir en la casilla 389 de la declaración de la renta”.
Las fechas clave
La campaña telemática de la Declaración de la Renta comienza el próximo miércoles, 7 de abril. A partir de entonces se producirán varias fechas clave que los españoles deberán tener apuntadas en sus calendarios:
- 4 de mayo: se abre el plazo de petición de cita para el servicio de presentación telefónica.
- 27 de mayo: se inicia el plazo de petición de cita para la presentación presencial.
- 2 de junio: fecha límite para las declaraciones a pagar con domiciliación bancaria.
- 30 de junio: final de la campaña.