Los emprendedores que contraten a falsos autónomos o “impongan condiciones ilegales bajo fórmulas ajenas a su contrato de trabajo” a los trabajadores se enfrentarán a penas de hasta seis años de cárcel. Así lo ha puesto de manifiesto el Gobierno de España, tras presentar una enmienda al Código Penal.
Así, el Gobierno modificará el artículo 311 del Código Penal, ampliando las sanciones contra las empresas que no cumplan con la legislación laboral. A partir de su aprobación, los emprendedores podrían ser castigados con penas desde seis meses hasta seis años si imponen condiciones laborales ilegales a sus trabajadores de manera reiterada.
Tal y como ha expresado la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, la reforma responde a la necesidad de adaptar la legislación a las prácticas en las que hace tiempo incurren determinadas empresas. “Hay una parte de los tipos penales en nuestro país que llevan muchísimos años sin repensarse y que no abordan las necesidades que tienen que ver hoy con la complejidad del mundo del trabajo”, ha afirmado en unas recientes declaraciones recogidas por El País.
Aunque el cambio legislativo tiene mucho que ver con la llamada Ley Rider, afectará a todos los emprendedores. Así, mientras que hasta ahora solo se consideraban sanciones administrativas para las empresas que, “mediante engaño o abuso de situación de necesidad, impongan a los trabajadores a su servicio condiciones laborales o de Seguridad Social que perjudiquen, supriman o restrinjan los derechos que tengan reconocidos por disposiciones legales, convenios colectivos o contrato individual”, la amenaza de recibir una condena a prisión podrían ser un freno para la contratación fraudulenta.

La Ley Rider, un arma arrojadiza entre los emprendedores líderes del delivery
Tras su entrada en vigor en julio del año pasado, la Ley Rider no sentó nada bien entre los emprendedores del sector del delivery quienes, pese a quejarse de forma reiterada, tuvieron que cumplir con uno de los compromisos de Yolanda Díaz al frente del Ministerio de Trabajo.
Más de un año después de su puesta en marcha, la legislación se ha convertido en un arma arrojadiza entre estas compañías, que se acusan unas a otras de no cumplir con las condiciones de contratación contenidas en la misma. Así, hace unos meses, Uber Eats acusó a Glovo de incumplir con la Ley Rider y seguir contratando a falsos autónomos como repartidores, precisamente la práctica que la normativa intentaba prohibir.
“Hoy, más de seis meses después de su entrada en vigor, las empresas que cumplimos la ley nos encontramos con una situación paradójica. Nuestras flotas colaboradoras no encuentran repartidores porque estos prefieren ser autónomos, de manera que trabajan con Glovo, la única empresa que se lo permite, en contra de la Ley Rider”, afirmó entonces la directora general de Uber Eats España.
A partir de ahora, de probarse situaciones como esta, los emprendedores que dirigen compañías como Glovo o Uber Eats podrían enfrentarse a penas de prisión de hasta seis años por incumplir de forma reiterada con la Ley Rider. Hasta ahora, solo podían recibir condenas administrativas, como la multa de 78,9 millones de euros que recibió la plataforma de delivery el pasado mes de septiembre.