Se acabó con que sean los juzgados el sitio donde se dirima sobre si la relación entre un repartidor y la plataforma de delivery para la que trabaja es meramente mercantil o laboral. El ministerio que dirige Yolanda Díaz lo dejó claro el pasado 11 de mayo aprobando la que se conoce como ‘Ley Rider’ que obliga a contratar. Las plataformas digitales tipo Glovo o Deliveroo podrán seguir argumentando que lo suyo es una empresa tecnológica, pero Trabajo entiende que eso ‘no ha lugar’ para desvincularse de los repartidores que culminan el servicio con la entrega del producto. La nueva ley establece un periodo transitorio de 3 meses para adaptarse.
“Tenemos que proteger a los trabajadores más allá de la forma de organización tecnológica. Necesitamos el desarrollo tecnológico para progresar, hay grandes oportunidades para avanzar como país, pero este desarrollo no se puede quedar fuera del trabajo. Los derechos laborales, el alma, no podían quedar a las puertas de la fábrica, y ahora no pueden quedarse en un teclado de móvil u ordenador”, declaraba Yolanda Díaz, vicepresidenta tercera del Gobierno, en una rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.
La norma modifica el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y determina la presunción de laboralidad de las actividades de reparto o distribución de cualquier tipo de producto o mercancía a través de la gestión algorítmica del servicio o de las condiciones de trabajo a través de una plataforma digital.
El texto incorpora, de esta manera, el criterio establecido por el Tribunal Supremo en la Sentencia 805/2020, de 25 de septiembre, primera dictada en unificación de doctrina.
La ministra expresó su “enorme satisfacción” con la nueva ley porque, sostiene, “sitúa a España a la vanguardia, porque ningún país ha legislado en esta materia: Somos pioneros y me consta que Europa nos está mirando”.
Una regulación «pionera» que no todos celebran
Una satisfacción que no todos comparten en el entorno emprendedor. Declaraciones a favor, se han efectuado, por ejemplo, en el Grupo Mox , el grupo fundado por Gregorio López Martos expertos en logística de última milla que cuenta con más de 1.000 repartidores contratados. En palabras de López Martos: “creo que la existencia de una legislación que regule el sector marca un antes y un después” añadiendo que “era necesario que todos los agentes del mercado tuviéramos un marco legislativo al que atenernos para competir en igualdad de condiciones y, sobre todo, para que los propios repartidores sepan si su situación es legal o no”.
Lejos de estas declaraciones parecen quedar las emitidas por la Asociación Española de Startups el pasado 12 de marzo tras conocer el avance de los detalles de la ley Rider. “En el día de ayer hemos conocido los detalles del acuerdo suscrito entre el Gobierno, patronal y los sindicatos sobre la futura regulación de la actividad del sector del delivery, conocida comúnmente como Ley Rider. La Asociación Española de Startups quiere expresar su más honda preocupación tras conocerse la urgencia en la aprobación y el alcance de la futura norma”, afirman.
El enojo de la Asociación Nacional de Startubs se extendía más allá ante la propuesta, “especialmente alarmante”, relativa a los algoritmos y a los sistemas de inteligencia artificial, “pues no solo excede la supuesta voluntad de regular las relaciones laborales en el sector del delivery sino que entra en contradicción con otras regulaciones vigentes y pone en grave riesgo la protección de la propiedad industrial del conjunto de empresas y startups que operan en el país. Es un precedente que nos preocupa especialmente”.
Cierto que el real decreto ley aprobado ayer alude también al derecho de la información sobre los algoritmos argumentando Díaz que “todo el mundo tiene derecho a saber las razones de las decisiones que le afectan. No se pueden automatizar sin dar explicaciones al trabajador o la trabajadora. Han de saber lo que esconde el algoritmo. Detrás de un algoritmo hay una decisión”. Declaraciones de las que cabe deducirse que la norma que ha empezado por los ‘rider’ acabará trascendiendo a otras soluciones basadas en Inteligencia Artificial, al menos en lo que atañe a las relaciones laborales.
“Los algoritmos y la inteligencia artificial no son más que el desarrollo tecnológico que permite la operativa de las diferentes aplicaciones y, por tanto, la base de su operación en los diferentes sectores de actividad. Cuestionar la legítima propiedad de las empresas al exigir que los algoritmos sean públicos no solo pone en serio riesgo la libre competencia en nuestro país sino que supone un nuevo lastre para el desarrollo y la innovación”, es, sin embargo, como lo entienden en la asociación.