En una empresa, la mayoría de trabajadores conoce sus derechos laborales más importantes: los días de vacaciones, los turnos, el derecho a la desconexión… Sin embargo, el Estatuto de los Trabajadores recoge otros menos conocidos, pero no menos importantes. Además, cada convenio colectivo contiene sus propias ventajas, que es necesario conocer para disfrutarlas. A continuación, se recogen los más importantes.
Adelanto de nómina. Es uno de los derechos laborales más desconocidos, pero puede sacarte de un aprieto en caso de necesidad. Si un empleado necesita liquidez, puede pedir un adelanto de su nómina, por un máximo del porcentaje que se ha trabajado ese mes. Es decir, si se pide a los 15 días, la empresa estará obligada a adelantar el 50% del salario. Eso sí, siempre que la compañía tenga liquidez para poder hacer frente al pago en ese momento.
Las pausas para el café. El descanso durante la jornada es otro de los derechos laborales recogidos en el Estatuto de los Trabajadores, y en muchos casos no se termina de cumplir. Todo empleado que realice una jornada de seis horas o más tiene derecho a un descanso de, al menos, 15 minutos durante el día. Sin embargo, la jurisprudencia más reciente deja claro que ese descanso no computaría como horario de trabajo. Por tanto, la jornada debería alargarse el tiempo que dure el descanso.
Las mudanzas. Este es uno de los derechos laborales que menos se utilizan, pero no por ello es menos importante. En caso de mudanza, el Estatuto de los Trabajadores contempla un permiso de un día para el empleado, no computable como vacaciones. En este caso, es interesante revisar el convenio colectivo, ya que hay algunas actividades donde el permiso se alarga hasta los dos días laborables.
¿Baja durante las vacaciones? Si caes enfermo justo cuando comienzan tus vacaciones, puedes anularlas y cogerlas más adelante. Eso sí, como en cualquier baja médica, deberás presentar un justificante y afrontar la reducción salarial de esta circunstancia, como en una baja laboral normal.
Los derechos laborales en el entorno postpandemia
La pandemia ha cambiado por completo la forma de trabajar de las empresas. En este contexto, han surgido nuevos derechos laborales relativos al teletrabajo, que también pueden ser desconocidos para los trabajadores, debido a su reciente aprobación. Quedan recogidos en la Ley del Teletrabajo, y afectan a varios aspectos relativos al trabajo en casa.
Por ejemplo, la nueva legislación incluye la obligación de que los acuerdos firmados por empresa y trabajador incluyan entre otros puntos el horario de trabajo y las condiciones de disponibilidad, el inventario del equipamiento necesario, la enumeración de los gastos que pudiera tener el trabajador por prestar el servicio a distancia y la forma de cuantificar la compensación que obligatoriamente tiene que abonar la empresa.
Otra cuestión que destaca esta ley es el periodo transitorio para la adaptación de los empresarios a la nueva norma, donde se baraja un año, con posibilidad de ampliación a 2 años más si hay acuerdo entre la empresa y los trabajadores. Actualmente, se considera que, para aquellas empresas que ya tengan acuerdos sobre teletrabajo, el plazo de adaptación será de un año (inicialmente se hablaba de tres años), salvo que las partes acuerden expresamente un plazo superior que no podrá superar los tres años.