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¿Qué ocurre si no puedes devolver tu crédito ICO?

Los créditos ICO han sido una de las principales fuentes de financiación para los emprendedores durante esta crisis.

15/04/2021  Redacción EmprendedoresGestión

Los créditos con aval público del Instituto de Crédito Oficial (ICO) han sido una de las principales fuentes de financiación para los emprendedores y pymes que peor lo han pasado durante esta crisis. En este sentido, los créditos ICO han sido el centro de algunas reformas del sistema puestas en marcha desde el Gobierno, ante el riesgo de impago por parte de muchas empresas.

En primer lugar, durante el mes de noviembre se amplió el periodo de vencimiento o carencia de los créditos ICO. Y hace pocas semanas, en marzo, un nuevo real decreto ha incorporado otras situaciones, como la renegociación de las condiciones o, en caso de que no se puedan devolver los préstamos, un nuevo régimen específico para este tipo de deudas.

En estos supuestos, los créditos ICO han sido reformados en tres aspectos fundamentales: por un lado, la posibilidad de que computen como pasivo financiero en los acuerdos preconcursales de las empresas; por otro, que en el concurso pasarán a ser considerados como créditos ordinarios en su totalidad, perdiendo el privilegio de los préstamos públicos; y, por último, su posible exoneración en el caso de las personas físicas.

Con respecto a la renegociación de los créditos ICO, el nuevo real decreto también recoge tres novedades principales: la extensión del vencimiento de los avales, su conversión en préstamos participativos -manteniendo el aval público- o la concesión de transferencias directas que mantengan su deuda. Tal y como explica El País, emprendedores y entidades financieras deberán llegar a acuerdos de renegociación, cuyas condiciones aún se están desarrollando.

¿Qué ocurre si no se pueden pagar los créditos ICO?

A pesar del nuevo marco regulatorio, el riesgo de impago en los créditos ICO es inevitable para muchas empresas. Además, “es frecuente que las empresas en dificultades, ante una tensión de tesorería, dejen de pagar antes a Hacienda que al proveedor que le suministra el material. Por eso, aproximadamente el 95% las empresas en concurso tienen deudas con los acreedores públicos”, explica a El País un abogado especialista.

En este contexto, los expertos reclaman que las administraciones comiencen a mostrarse más favorables a apoyar convenios de acreedores o acuerdos de refinanciación con organismos públicos, algo que, aunque no estaba eliminado de la ecuación por completo, solía ser difícil de conseguir. Además, explican cómo el impago de los créditos ICO aún presenta lagunas. “La moratoria exime del deber de presentar concursos si la insolvencia es debida a causa de la covid-19, pero en este supuesto estaríamos ante su agravamiento”, apuntan. En este sentido, reclaman tratar este tema y presentar un criterio uniforme para los emprendedores.