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Claves del contrato

Contrato privado: “No existe un modelo de contrato de préstamo, sino que el abogado hace un traje a medida con las condiciones que hayan acordado las partes”, explica Jaudenes. Debe ...

19/05/2011  Redacción EmprendedoresCrea tu empresa
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Contrato privado: “No existe un modelo de contrato de préstamo, sino que el abogado hace un traje a medida con las condiciones que hayan acordado las partes”, explica Jaudenes. Debe detallar quiénes intervienen, que el prestatario necesita el dinero y que el prestamista quiere prestárselo. Además, se señalarán el importe, las condiciones, los términos de la entrega y de la devolución. No es imprescindible la intervención de un notario.

Devolución: “La entrega del dinero y las devoluciones que se vayan realizando deben quedar documentadas. Al finalizar el préstamo, en principio no sería necesario hacer ningún trámite. Pero no está de más, al hacer el último pago, dejar constancia por escrito de que se han abonado el capital y los intereses sin que las partes tengan que reclamarse nada”, aconseja el abogado.

Modificaciones: Las condiciones del préstamo se pueden modificar, siempre que haya acuerdo de todas las partes. El nuevo texto debe documentarse en una addenda al contrato.

Impuestos: “La firma de contratos entre particulares está exenta del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), pero sí que es necesario rellenar un documento, que varía de una Comunidad Autónoma a otra en el que hay que declarar que la operación está exenta de este impuesto”, explica Jesús Ballesteros, experto fiscal. Vamos, que no tienes que pagar nada, pero tienes que pasar por este trámite administrativo. De cara a la Declaración de la Renta, los intereses son rendimiento del capital mobiliario para el prestamista.

Redacción EmprendedoresHablamos de emprendimiento desde 1997. Esta experiencia nos permite conocer la evolución del ecosistema y las tendencias que se mueven por el mercado
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