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5 pasos que hay que dar cuando tenemos claro el cierre

Sacar el equipamiento y material de valor y echar la persiana, no es el procedimiento adecuado para cerrar un negocio que ha dejado de funcionar. 

14/09/2016  Redacción EmprendedoresCrea tu empresa

En Entorno Umbrella lo llaman la técnica del avestruz consistente en dar un cerrojazo a la empresa y deshacerte así de la carga emocional que arrastras desde que ves que el negocio no funciona como debía hacerlo. La práctica, no funciona, advierte Juan José Villena, responsable de la asesoría jurídica.

Avisa el abogado de que cerrar una empresa suele resultar más caro que abrirla y de que el proceso requiere de unos pasos que aseguren que la herida no se cierra en falso. Estos son los 5 pasos mínimos que, según esta asesoría, deben seguirse cuando se toma de la determinación del cese de un negocio.

1.-Conocer el estado de nuestro negocio.

Saber cómo se encuentra de verdad la empresa, cuál es su estado actual en todas las áreas. Lo más importante a la hora del cierre es conocer el estado del patrimonio, de las garantías, de los estados financieros, activos y pasivos que tenemos. Es decir, someterla a un chequeo de salud y averiguar toda la documentación de la que disponemos antes de acudir a un asesor para que haga una valoración.

2.-Determinar quién va a hacer de liquidador

Conforme a nuestra legislación, puede ser un socio, el administrador de la sociedad o un tercero que se designe expresamente para ello. Determinar la profesionalidad de quién va a ser la persona que liquide la sociedad es importante porque sobre él recaerá el peso de ejecutar todas las gestiones precisas para el cierre del negocio, empezando por informar de la disolución y comunicando el cese de la actividad en los mismos puntos donde se anunció el alta. No vale cualquiera porque, entre otras cosas, tendrá que negociar las posibles deudas de la sociedad y gestionar los activos disponibles. Es decir, concluir todas las operaciones pendientes, enajenar los bienes o formular un inventario y un balance de la sociedad con referencia a la fecha de disolución.

3.-Buscar el asesoramiento

Recurrir a un tercero profesional, es la recomendación de Entorno Umbrella para que se lleve a cabo el proceso, dada la complejidad del mismo y la abundancia legislativa nacional que hay en esta materia, tanto en Derecho Mercantil, como fiscal y financiero. Un camino bastante tortuoso para recorrer al que se suma la ya referida alta carga emocional.

4.-Proceder lo antes posible a realizar la liquidación

Según la asesoría, el tiempo, en esta situación, es fundamental. “Puede convertirse en amigo o enemigo, por eso conviene tenerlo a nuestro favor”. Hay leyes, decretos, reglamentos e interpretación de la jurisprudencia que nos dicen cuál es el tiempo mínimo en el que debemos proceder a la liquidación. Apoyándose en su experiencia, desde la asesoría recomiendan que, en el momento que tengas la documentación preparada y esté decidido el liquidador, se proceda a ejecutar la liquidación o antes posible. “Hay una estricta reglamentación que establece que, en el momento en que tengamos conocimiento de la situación del estado de nuestro negocio, si este no puede seguir adelante con la liquidación, tenemos que presentar lo que denominan un concurso de acreedores”. La liquidación de la sociedad implica el pago a todos los acreedores y socios para poder cerrar definitivamente la empresa. Si este no puede llevarse a efecto es cuando se entra en el concurso de acreedores. Algunos dan menos de 3 meses -desde el día que se inicia el proceso de liquidación- para poder hacer esto. “Puede ser que no nos encontremos en el momento de presentar un concurso porque el estado de nuestra sociedad no sea realmente tan malo, simplemente tenemos un pasivo que sí podríamos compensar con el activo y por eso procedemos a la liquidación”, justifican en la asesoría como una posible causa de demora del proceso.

5.-Rezar

Pues sí. Este es el último consejo que dan, el deelevar una plegaria para que no aparezcan fenómenos extraños o paranormales en el cierre. Esto es, “documentación que no encontramos, garantías que habíamos prestado pero no recordábamos si eran directas o indirectas, papeles firmados con condiciones leoninas que no conocíamos etc.”.

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Redacción Emprendedores