Cuándo la falta de financiación asfixia a las empresas y los acreedores y la insolvencia llaman a la puerta, aún hay una opción para ganar tiempo y retrasar la ejecución de un embargo. Nos referimos a la solicitud de un concurso de acreedores. Y esto es así porque a partir de ese momento se abre un proceso que determinará si el estrangulamiento es pasajero o no. Tiempo que puede ser suficiente no sólo para liquidar la empresa de forma ordenada sino también para obtener esa ampliación de capital generalmente in extremis. No hay que olvidar que con el concurso de acreedores se congela el pago de los créditos, pero la empresa continúa su actividad supervisada por un equipo externo. Explicamos las claves de un concurso de acreedores.
¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLO?
Empresas y particulares, aunque son los primeros los que más solicitan concurso de acreedores. La proporción es de dos a seis. En todos los caso, para solicitar una declaración de concurso es necesario justificar el estado de insolvencia o endeudamiento ante un juez de lo Mercantil.
Existen dos tipos de concursos, el voluntario (solicitado por el empresario) y el forzoso (es el acreedor quien lo pide). Si lo que se busca es ganar tiempo para obtener esa financiación extra que salve la empresa, lo mejor es el concurso voluntario, ya que así el empresario sigue al frente de la gestión, aunque, eso sí, las decisiones pueden ser vetadas por los administradores concursales. Lo normal es que el número de administradores sea de tres (un abogado, un auditor y un acreedor). Ellos son los responsables de analizar la situación de la empresas e identificar el patrimonio y activos para su eventual liquidación. Esto suele llevar unos dos o tres meses, un tiempo durante el que aún se puede dar marcha atrás al proceso, siempre que concurran las condiciones financieras para ello. En este periodo se tomará la decisión de liquidar la empresa o la de reflotarla. Para lo primero, se tarda un mes; para lo segundo, el periodo es de un año.
PROS Y CONTRAS
– Ventajas
Al deudor le permite negociar su deuda a través de un convenio con los acreedores, en el que se incluye un plan de pagos y otro de viabilidad. De esta manera el concursado se hace cargo de la deuda, pero retrasa en el tiempo su pago. En el caso de los créditos, el pago se puede demorar hasta cinco años y se suspenden los intereses generados por los préstamos, sin olvidar que puede obtener reducciones de la deuda de hasta el 50%. Otra ventaja es que una vez declarado el concurso, ningún acreedor puede iniciar ejecuciones judiciales, extrajudiciales ni apremios administrativos o tributarios sobre los bienes del concursado. Y durante el proceso, la plantilla cobra del Fondo de Garantía Salarial.
– Desventajas
El alto precio derivado de pagar a un abogado…