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Límites e incentivos fiscales

Estrenamos nuevo año fiscal. De cara a la próxima campaña de la Renta y Patrimonio, recogemos algunas novedades y recomendaciones del REAF.

03/01/2013  Silvia MazzoliGestión

Límite conjunto Renta-Patrimonio. Para este punto, el REAF aconseja que “en caso de que la cuota a pagar por el Impuesto sobre el Patrimonio sea importante, interesará que la base imponible del IRPF sea pequeña, para que opere el límite conjunto de las cuotas de Renta y Patrimonio, cuya suma no puede superar el 60% de la base imponible del IRPF”. De esta forma, se limita el importe a pagar en el impuesto patrimonial, con un mínimo del 20% de su cuota.

Beneficios para empresas de reducida dimensión. O lo que es lo mismo, aquellas cuya cifra de negocios no supera los 10 millones de euros. Si es tu caso, podrás beneficiarte de los siguientes incentivos fiscales: la amortización de bienes de escaso valor (el límite máximo es de 12.020 euros), la amortización acelerada de los elementos nuevos del inmovilizado material y del intangible y el deterioro global del 1% para cobertura de riesgo de insolvencia. Este régimen de incentivos se seguirá aplicándose en los ejercicios 2013, 2014 y 2015.

¿Invertir? Elige mejor los fondos. ¿Por qué? Porque los fondos de inversión son un medio para diferir la tributación de desinversiones. “Si estamos pensando en invertir en renta variable y desinvertir rápidamente, para evitar que las ganancias que obtengamos tributen en la tarifa general, puede interesar materializar las inversiones en fondos de inversión que permiten movernos de uno a otro difiriendo la tributación al momento en el que desinvirtamos definitivamente”, recomienda REAF.