En pleno 2021, muchas empresas todavía utilizan diferentes trucos para hacer pasar a trabajadores por becarios. Uno de los más recurrentes tiene lugar antes de la contratación, y consiste en obligar al candidato a inscribirse en un máster o un curso para poder darle de alta como becario. Después, el empleado cumpliría con una jornada de trabajo completa y unas responsabilidades que no se suelen corresponder con las de un becario.
Además, en algunos casos la formación que las empresas obligan a escoger a sus candidatos tiene poca o ninguna relación con sus responsabilidades dentro de la compañía, e incluso tienen que pagar de su bolsillo los costes de matrícula. En estos casos, el objetivo es incorporar a trabajadores de un perfil más alto que el de un estudiante, camuflándoles a ojos de la Seguridad Social, que considera al empleado como becario.
Pero, ¿es legal hacer pasar a un trabajador por becario utilizando esta fórmula? Los juristas no se terminan de poner de acuerdo, aunque la tesis más extendida es que sí. Aunque pueda resultar poco ético, lo cierto es que el candidato elige acogerse a esta opción de forma libre, por lo que no se trata de una ilegalidad, tal y como explica el consultor laboral Arnau Boixaderas en El Confidencial.
Sin embargo, la contratación de un falso becario conlleva riesgos que sí pueden convertir en ilegales estas prácticas. Uno de ellos es, precisamente, que la formación de la que el candidato se matricule no corresponda en nada con la actividad de la empresa que le contrata. “El convenio sería inválido y el alumno podría pedir una compensación económica para resarcir el daño que le haya causado esta práctica», explican los expertos.
La reforma de las pensiones afectará a la figura del becario
Con este contexto, los sucesivos Gobiernos han ido cambiando la regulación a la hora de contratar un becario. Sin embargo, contar con alguno -siempre dentro de la legalidad- puede ser muy útil para la empresa, que debe formar al estudiante para formar una relación provechosa para ambas partes.
Aunque el salario que debe percibir un becario no está regulado en la ley -incluso, puede no cobrar-, la reforma de las pensiones que aprobó el Gobierno la semana pasada recoge importantes novedades sobre su cotización. El texto otorga a todas las empresas un plazo de tres meses para dar de alta a todos sus becarios, independientemente de si perciben una remuneración o no. La medida busca aumentar la recaudación pública, pero también beneficia al trabajador, que comienza a cotizar a la Seguridad Social mucho antes de su estabilización definitiva en el mercado laboral.
Por último, en el caso de que un becario esté realizando las funciones de un trabajador a tiempo completo, las sanciones pueden ser bastante abultadas. En caso de inspección, se convertirán en trabajadores fijos y se les deberá reconocer la antigüedad desde el primer día y retribuirles según convenio. En caso contrario, la Inspección reclamará a la empresa las cotizaciones en el Régimen General ordinario con un recargo del 20% y le sancionará con una multa que puede llegar hasta los 6.250 euros.