“Ha costado, pero ahora sí! Hemos alcanzado esta madrugada un preacuerdo con @inclusiongob sobre nuevo sistema de cotización de los autónomos y sus prestaciones”, celebraba ayer en su cuenta de Twitter Lorenzo Amor, presidente de ATA, el cierre de las negociaciones con el Ministerio de José Luis Escrivá, en lo que a las cuotas a la Seguridad Social de los trabajadores del RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) se refiere.
Poco después fue la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) la organización que suscribió el acuerdo por el que se establecen distintas cotizaciones por tramos conforme a los ingresos de los trabajadores autónomos. El presidente de UPTA, Eduardo Abad, calificaba el respaldo del acuerdo por parte de las tres asociaciones como un “día histórico” para los más de 3 millones de autónomos del país.
Hasta 15 tramos de ingresos
Con la reforma del RETA que se lleva negociando nueve meses, los trabajadores por cuenta propia pasarán a cotizar en función de lo que ganan, de la misma manera que se aplica a quienes trabajan por cuenta ajena, y no lo que elijan. Esto permitirá que casi nueve de cada diez pague lo mínimo posible.
Conforme al acuerdo alcanzado y que entrará en vigor el próximo año, se establecen 15 tramos de ingresos con cuotas de entre 200 euros y 590 euros al mes a partir de 2025. En la tabla de ATA que se añade más abajo pueden verse las modificaciones progresivas de las cotizaciones a la Seguridad Social de 2023 a 2025 conforme a los tramos, pero en líneas generales, conforme avance la aplicación de las nuevas cotizaciones, la diferencia de la cuota entre los que cobran más y los que cobran menos será mayor.
En principio, los cambios en la redacción mantienen intactas las tablas de cotización propuestas por el Gobierno, que comienzan con una cuota de 230 euros en 2023 para los autónomos con rendimientos netos inferiores a 670 euros. En 2024, la cuota bajará a 225 euros y se reducirá a 200 euros en 2025.
No obstante, y pese a esa calificación de “día histórico” según los cálculos preliminares de la Seguridad Social, dos de cada tres autónomos pagarán menos o lo mismo que con la actual cuota mínima. También ATA entiende que entre el 70% y el 75% de los autónomos seguirán cotizando lo mismo “o un poco menos”

Tabla de cotización
De acuerdo con la información emitida por Radio Televisión Española (RTVE), las tablas de cotización propuestas por el Gobierno comienzan con una cuota de 230 euros en 2023 para los autónomos con rendimientos netos inferiores a 670 euros. En 2024, la cuota bajará a 225 euros y se reducirá a 200 euros en 2025.
El segundo tramo incluirá a los trabajadores por cuenta propia con rendimientos netos superiores a 670 euros e inferiores o iguales a 900 euros. En este caso, la cuota será de 260 euros en 2023, de 250 euros en 2024 y de 240 en 2025.
Para los autónomos con rendimientos netos mensuales por encima de 900 euros e inferiores a 1.166,70, la cuota del año que viene será de 275 euros. En 2024, pasará a 267 euros y en 2025, a 260 euros.
El cuarto tramo se aplicará a aquellos que ingresen a partir de 1.166,70 euros y menos de 1.300 euros. Para ellos, la cuota se mantendrá en 291 euros en los próximos tres años.
Los dos tramos siguientes son para los autónomos con rendimientos netos superiores a 1.300 euros e inferiores o iguales a 1.500 euros y por encima de 1.500 euros e inferiores o iguales a 1.700. En los dos casos, y durante los próximos tres años, la cuota será de 294 euros.
Aquellos autónomos con ingresos netos por encima de los 1.700 euros e inferiores o iguales a 1.850 euros se encontrarán en el séptimo tramo. Para ellos, la cuota inicial será de 310 euros, subirá a 320 en 2024 y ascenderá a 350 euros en 2025.
Del octavo al undécimo tramo. Los trabajadores por cuenta propia con rendimientos por encima de los 1.850 euros e inferiores o iguales a 2.030 euros, octavo tramo, pagarán una cuota de 315 euros en 2023, de 325 euros en 2024 y de 370 euros en 2025.
En el noveno tramo, los autónomos con ingresos netos mensuales superiores a los 2.030 euros e iguales o inferiores a 2.330 euros tendrán una cuota de 320 euros el próximo año, de 330 euros en 2024 y de 390 euros en 2025.
Para aquellos con rendimientos netos de entre 2.330 euros y menos o igual a 2.760 euros al mes, la cuota será de 330 euros en 2023, 340 en 2024 y 415 en 2025. En el tramo siguiente, aplicable a los autónomos que ingresen más de 2.760 euros pero menos 3.190 euros, la cuota será de 350 euros en 2023, 360 euros en 2024 y 440 euros en 2025.
Subidas para los que más ganan
Entre los rendimientos más altos, las cuotas también son más elevadas. Así, los trabajadores por cuenta propia que ingresen más de 3.190 euros netos al mes pero menos o igual a 3.620 euros, abonarán una cuota de 370 euros en 2023, de 380 euros en 2024 y 465 euros en 2025.
A este tramo, le sigue el de los rendimientos netos mensuales de entre 3.620 euros e iguales o inferiores a 4.050 euros. En este caso, las cuotas aumentarán en 100 euros en tres años e irán de los 390 euros en 2023, a los 400 euros en 2024 y los 490 euros de 2025.
El penúltimo tramo, el decimocuarto, se aplicará a los autónomos con rendimientos netos mensuales de más de 4.050 euros pero iguales o inferiores a 6.000 euros. Sus cuotas serán de 420 euros el próximo año, 450 euros en 2024 y 530 euros en 2025.
El último tramo será para aquellos que ganen más de 6.000 euros. En este caso, las cuotas partirán de los 500 euros en 2023, para subir a los 530 euros en 2024 y terminar en 590 euros en 2025.
La tarifa plana subirá a 80 euros
Recuerda también ATA en su comunicado, que el nuevo sistema amplia la bonificación para madres trabajadoras de 12 a 24 meses y que recoge una bonificación del 100% durante doce meses de la cuota calculada sobre la base media de los 12 meses anteriores en el caso de cuidado de hijos menores de 12 años o familiares a cargo y una bonificación del 40% para familiar colaborador agrario.
Asimismo, a partir de la entrada en vigor del acuerdo, la tarifa plana será de 80 euros y se podrá ampliar durante un año más si los rendimientos no superan el Salario Mínimo Interprofesional (SMI). También establece una deducción en el IRPF del 10% de las contribuciones empresariales a sistemas de prevención social.
Otro aspecto destacable es que la Seguridad Social permitirá cambiar el tramo de cotización cada 2 meses, para que así los autónomos puedan cotizar por sus ingresos reales de manera flexible.
Asimismo, la nueva ley amplia la protección de los autónomos, especialmente de aquellos que tenga hijos o menores a cargo que padezcan cáncer o alguna otra enfermedad grave. Estos profesionales podrían reducirse en un 75% el importe de su cuota.
Por último, cabe señalar que habrá mejoras en el paro de los autónomos. Para el cese de actividad será suficiente con una reducción del 60% de la plantilla, frente al 75% actual. También se elimina el requisito de haber cotizado durante los 12 meses anteriores de forma ininterrumpida; a partir de 2023 estos 12 meses tendrán que estar comprendido en los 24 anteriores a hacer la solicitud.