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Si tu abogado no te hace caso, puedes denunciarle

Un abogado ha sido condenado a pagar 5.000 euros a un cliente por no declarar un concurso de acreedores a tiempo.

04/06/2021  Diego S. AdelantadoGestión

Si eres abogado, no hacer caso a un cliente puede salirte caro. Así lo demuestra una sentencia de la Audiencia Provincial de Girona, que condena a un letrado a pagar una indemnización de 5.000 euros a un cliente por no declarar a tiempo un concurso de acreedores, tras lo cual el emprendedor tuvo que pagar de su bolsillo parte de las deudas que mantenía su empresa en ese momento.

Sin embargo, según el tribunal, la responsabilidad es en este caso. El abogado niega que su cliente le diera la orden directa de declarar el concurso de acreedores, aunque acepta que actuó de forma poco profesional. En el caso del emprendedor, la justicia no ha podido demostrar que la única causa de la situación fuera de su abogado, por lo que ha reducido la indemnización de 36.000 a 5.000 euros.

Más allá del caso, la situación pone de manifiesto una realidad para los emprendedores. Si tu abogado no te hace caso, puedes denunciarle. Más aún, en casos como este, donde la legislación es clara. El administrador de una sociedad debe declarar el concurso de acreedores cuando no pueda gestionar sus deudas. Si no lo hace, la responsabilidad puede recaer de forma directa en el empresario como persona física, lo que implica que responda con sus propios bienes.

La responsabilidad del emprendedor, más allá de su abogado

Aunque el abogado es el profesional encargado de realizar estos trámites, debido a sus conocimientos legales especializados, el emprendedor es el último responsable de la situación por la que atraviese su empresa. En este sentido, existen algunos “trucos” que permiten al administrador de la sociedad reducir el riesgo en su patrimonio personal.

El primero de ellos es la separación de bienes. Cuando alguien es nombrado administrador único, tiene que asumir que, en caso de problemas, puede llegar a responder con sus bienes presentes y futuros -influya o no su abogado-, por lo que es fundamental que, antes de asumir el cargo, proteja su patrimonio personal y familiar, bien haciendo separación de bienes o bien poniéndolos a nombre de otra persona.

Además, es preferible adoptar esta precaución antes de aceptar el cargo y, por supuesto, mucho antes de que se produzca alguna situación imputable (como mínimo, dos años antes), porque en este último caso puede considerarse como un delito de alzamiento de bienes, una situación complicada hasta para el mejor de los abogados.

Por otro lado, es interesante tener en cuenta la existencia de seguros específicos. Es un medio de protección frente a la responsabilidad de los administradores que hayan causado daño a terceros o que devengan deudores por incumplimiento imputable de determinadas prestaciones, además de otras normas sectoriales (ambientales, concursal, etc.). Por eso, contratar uno de estos seguros puede ahorrarte quebraderos de cabeza si tu abogado es de los que no hacen demasiado caso.